
YPF ante la Corte Suprema: 27 años de reclamos por contaminación ambiental en Ensenada
Tres vecinos iniciaron una demanda en 1999 por la contaminación del Canal Lateral Oeste, ubicado junto a la Refinería La Plata. La Justicia Federal reconoció el daño ambiental y ordenó su recomposición. Ahora, el expediente aguarda una definición de la Corte Suprema.
La Política Ambiental
En 1999, tres vecinos de la localidad de El Dique, en el partido bonaerense de Ensenada, decidieron llevar a la Justicia a YPF por la contaminación de los canales que rodean su refinería. Veintisiete años después, el reclamo llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, luego de dos decisiones judiciales que reconocieron la existencia de daño ambiental y la obligación de recomponerlo.
Pedro Salagre, Jorge Mario Pezado y Miguel Ángel Casadas denunciaron la contaminación del Canal Lateral Oeste, un curso de agua conectado con el Canal Lateral Este y el Río Santiago, en las inmediaciones del Polo Petroquímico de Berisso y Ensenada.
La demanda no se limitó a reclamar indemnizaciones por los perjuicios sufridos. También exigió el cese de la contaminación y la recuperación del ambiente afectado por décadas de actividad industrial.
La Justicia reconoció el daño ambiental
En febrero de 2022, la Justicia Federal dictó una sentencia que reconoció el daño ambiental y atribuyó responsabilidades a YPF, al Estado Nacional y a otras empresas vinculadas con el complejo industrial.
El 29 de agosto de 2024, la Sala II de la Cámara Federal de La Plata, integrada por los jueces César Álvarez y Jorge Eduardo Di Lorenzo, confirmó la obligación de recomponer el Canal Lateral Oeste.
La resolución ordenó a YPF, al Estado Nacional, a Petroquímica Cuyo —ex Petroken— y a Garovaglio y Zorraquín —continuadora de Ipako— presentar un plan de recomposición ambiental dentro de los 60 días posteriores a que la sentencia quede firme.
El proyecto deberá establecer medidas concretas de reparación, mecanismos de prevención de nuevos daños y plazos de ejecución. Su evaluación y supervisión estarán a cargo de organismos ambientales y del Laboratorio de Química Ambiental y Biogeoquímica de la Universidad Nacional de La Plata, bajo control judicial.
El tribunal también estableció un criterio central para la resolución de conflictos ambientales: la protección del ambiente debe prevalecer frente a los intereses económicos cuando existe un daño acreditado.
Sin embargo, la Cámara revocó la reparación de los daños individuales reconocida en primera instancia. De esta manera, la obligación de recomposición ambiental quedó diferenciada de las pretensiones indemnizatorias particulares.
YPF reconoció riesgos económicos por los reclamos judiciales
El conflicto volvió a cobrar relevancia pública luego de que trascendiera documentación presentada por YPF a sus accionistas en febrero de 2026.
Según informó el diario El Día, la petrolera reconoció la existencia de litigios relacionados con daños derivados de la contaminación ambiental en el entorno de la Refinería La Plata, que podrían generar obligaciones económicas adicionales.
La empresa sostuvo, además, que estudios sobre los sedimentos de los canales indicaron que una parte mayoritaria de los hidrocarburos acumulados se habría depositado antes de 1991, cuando la compañía todavía se encontraba bajo administración estatal.
Ese argumento forma parte de la discusión sobre la distribución de responsabilidades entre YPF y el Estado Nacional. No obstante, la antigüedad de la contaminación no elimina por sí misma la obligación de recomponer el ambiente dañado.
Un conflicto ambiental que lleva décadas
El Polo Petroquímico de Berisso y Ensenada constituye uno de los principales complejos industriales del país. Su actividad ha sido objeto de investigaciones científicas sobre la presencia de hidrocarburos y otros contaminantes en el agua, los sedimentos y el aire.
Durante el proceso judicial se incorporaron estudios y pericias que permitieron analizar la acumulación histórica de sustancias contaminantes en los canales próximos a la refinería.
La discusión excede la responsabilidad de una empresa. También plantea interrogantes sobre los controles estatales, las condiciones en que se desarrolló la actividad industrial y las consecuencias de mantener pasivos ambientales durante décadas.
La Corte Suprema tiene la última palabra
Actualmente, según la información periodística publicada en octubre de 2026, el expediente se encuentra pendiente de resolución ante la Corte Suprema, luego de los recursos extraordinarios interpuestos contra la sentencia de Cámara.
La decisión será determinante para establecer el alcance definitivo de las obligaciones de recomposición y permitir avanzar en su ejecución.
Mientras tanto, el caso expone una problemática recurrente en Argentina: la distancia entre el reconocimiento judicial del daño ambiental y su reparación efectiva.
Después de 27 años de litigio, los vecinos de Ensenada lograron que la Justicia reconociera la contaminación del canal. Pero la pregunta fundamental sigue abierta: ¿cuánto tiempo más deberá pasar para que el ambiente sea efectivamente recuperado?


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