
Contaminación del río Paraná: la Justicia confirmó el procesamiento de cinco exdirectivos de Aguas Santafesinas
La Cámara Federal de Rosario confirmó los procesamientos en una causa que investiga el vertido de aproximadamente 350 millones de litros diarios de efluentes cloacales e industriales sin tratamiento. Los hechos se habrían producido entre 2018 y 2021. Mientras avanza la investigación penal, continúa el reclamo judicial para construir una planta depuradora.
La Política Ambiental
La contaminación del río Paraná volvió al centro de la agenda judicial y ambiental de Santa Fe. La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó el procesamiento de cinco exdirectivos de Aguas Santafesinas S.A. (ASSA), investigados por su presunta responsabilidad en las descargas de líquidos cloacales e industriales sin tratamiento previo sobre uno de los principales cursos de agua de la Argentina.
La resolución alcanza a Hugo Morzán, expresidente del directorio; Marisa Gallina, Alfredo Menna y Darío Corsalini, exintegrantes de ese órgano; y Gustavo Actis, exgerente de la empresa provincial.
Según la investigación, desde la Planta de Recepción Emisario Sur, ubicada en la intersección de avenida Circunvalación y Ayolas, en Rosario, se habrían volcado aproximadamente 350 millones de litros diarios de efluentes sin depuración.
Las descargas investigadas comprenden el período transcurrido entre septiembre de 2018 y octubre de 2021.
Bacterias y sustancias contaminantes en el Paraná
La investigación judicial, impulsada a partir de una denuncia de la Asociación Civil Cuenca Río Paraná, permitió reunir muestras y peritajes sobre la composición de los líquidos descargados.
Entre los resultados se identificaron concentraciones elevadas de coliformes termotolerantes y presencia de la bacteria Escherichia coli, microorganismos que pueden indicar contaminación fecal y representar riesgos sanitarios.
Los análisis también detectaron, en determinadas muestras, concentraciones elevadas de metales como plomo y níquel.
Los investigadores determinaron que los efluentes provenientes de la red cloacal y de camiones atmosféricos eran descargados al río sin un tratamiento adecuado, lo que motivó la intervención de la Justicia federal.
El expediente examina tanto las características de las sustancias vertidas como el peligro que esas descargas podrían representar para la salud pública y el ambiente.
Una causa que llegó a Casación
El proceso judicial atravesó distintas instancias y resoluciones contradictorias.
En mayo de 2024, el Juzgado Federal N.º 3 de Rosario había dispuesto el procesamiento de los cinco responsables de la empresa. Sin embargo, meses después, la Cámara Federal revocó aquella decisión al considerar que los efluentes cloacales no podían encuadrarse en el régimen penal de residuos peligrosos.
La discusión llegó a la Cámara Federal de Casación Penal, que el 30 de octubre de 2025 anuló esa resolución y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.
El tribunal sostuvo que la prestación de un servicio público no excluye el cumplimiento de las obligaciones ambientales y cuestionó la interpretación restrictiva de la Ley 24.051.
Ahora, la Cámara Federal de Rosario volvió a pronunciarse y confirmó los procesamientos, permitiendo que la investigación penal continúe.
La imputación se encuentra vinculada con el artículo 55 de la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos, que contempla penas de prisión para determinadas conductas de contaminación que generan peligro para la salud.
La confirmación del procesamiento no equivale a una condena penal: los imputados conservan su presunción de inocencia y la atribución definitiva de responsabilidades deberá resolverse en las siguientes etapas del proceso.
La planta depuradora que la Justicia ordenó construir
El conflicto ambiental no se limita al expediente penal.
En diciembre de 2024, el Juzgado Federal N.º 2 de Rosario hizo lugar a una acción de amparo ambiental presentada por la Asociación Civil Cuenca Río Paraná y ordenó que Aguas Santafesinas, la provincia de Santa Fe y el Estado nacional, dentro de sus respectivas competencias, adoptaran las medidas necesarias para concretar obras de tratamiento de los efluentes.
Sin embargo, la infraestructura continúa siendo objeto de reclamos judiciales.
El abogado ambientalista Fabián Maggi, representante de la asociación denunciante, advirtió que las obligaciones dispuestas en el proceso de amparo no habían sido cumplidas y señaló que la organización promueve la ejecución de la sentencia.
La construcción de la planta depuradora constituye una de las principales demandas para evitar que continúen las descargas sin tratamiento adecuado sobre el Paraná.
La responsabilidad ambiental de quienes administran servicios públicos
El caso adquiere especial relevancia porque plantea la posible responsabilidad penal de quienes estuvieron al frente de una empresa estatal encargada de la prestación de servicios esenciales.
La discusión jurídica alcanza tanto a la aplicación de la legislación sobre residuos peligrosos como a los deberes de prevención, control y tratamiento de los efluentes generados por la actividad sanitaria.
El artículo 41 de la Constitución Nacional reconoce el derecho a un ambiente sano y establece obligaciones de protección ambiental. En ese marco, las empresas prestadoras de servicios públicos también deben cumplir con los estándares de prevención y control de la contaminación.
La investigación sobre Aguas Santafesinas vuelve a poner de manifiesto una cuestión estructural: la falta de infraestructura de saneamiento no solo afecta la calidad ambiental de los ríos, sino que también puede generar responsabilidades judiciales para quienes deben administrar y controlar esos servicios.
Mientras continúa la causa penal, permanece abierto otro interrogante fundamental: cuándo se concretarán las obras necesarias para impedir que el río Paraná siga recibiendo efluentes sin tratamiento adecuado.


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