
Canal de La Patria: la Procuración General apoyó que la Corte Suprema intervenga en la causa por daño ambiental en Santiago del Estero
18/11/2025
La Política Ambiental
Las organizaciones ambientalistas que denunciaron los impactos ecológicos del Canal de La Patria, en Santiago del Estero, obtuvieron un respaldo clave en su reclamo judicial. La Procuración General de la Nación (PGN) dictaminó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación es el tribunal competente para resolver la demanda por daño ambiental colectivo presentada contra el Estado Nacional y la Provincia de Santiago del Estero.
El dictamen, conocido esta semana, representa un avance decisivo en el proceso iniciado en junio por Aves Argentinas, la Fundación Vida Silvestre Argentina y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), tras denunciar que la obra pública ocasionó muertes masivas de fauna silvestre y fragmentación de hábitats en el ecosistema chaqueño.
Un canal convertido en trampa mortal
El Canal de La Patria es un curso artificial de dos metros de ancho y 180 kilómetros de extensión, construido en la década de 1970 para conducir agua desde el río Salado. Su estructura —con paredes empinadas y de hormigón— impide que los animales que caen en él puedan escapar.
De acuerdo con un relevamiento de las ONG, más de 250 ejemplares de 40 especies diferentes murieron atrapados en el canal, incluyendo especies en peligro de extinción. “El revestimiento de cemento transformó el canal en una trampa mortal que fragmenta la movilidad de la fauna y altera gravemente el equilibrio del ecosistema chaqueño”, alertaron las organizaciones en su presentación judicial.
Pese a los compromisos asumidos en 2020 para instalar rampas de escape y sistemas de contención, los trabajos fueron parciales y no evitaron nuevas muertes. La situación, además, implica un riesgo para la población local: el 10 de noviembre, un niño de dos años falleció tras caer al canal en la localidad de Lilo Viejo.
La posición de la Procuración
El dictamen de la Procuración, firmado esta semana, reconoce que existen responsabilidades compartidas entre los gobiernos provincial y nacional, dado que la obra fue ejecutada mediante convenios firmados con el Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento (ENOHSA) y la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica del entonces Ministerio de Obras Públicas.
“Los acuerdos dieron lugar a responsabilidades conjuntas, compartidas y específicas de los órganos demandados para el desarrollo de la obra”, sostiene el documento. Por ese motivo, la PGN concluyó que la controversia debe resolverse en instancia originaria ante la Corte Suprema, ya que involucra competencia federal y un bien colectivo protegido por la Constitución Nacional: la biodiversidad del Gran Chaco.
El dictamen enfatiza que el daño ambiental “no puede repararse sin la intervención de todas las partes responsables” y que la fauna chaqueña constituye un interés federal de protección, en el marco de la Ley General del Ambiente (25.675) y del Acuerdo de Escazú, que garantizan el acceso a la justicia ambiental.
Lo que viene
Con este pronunciamiento, la causa iniciará su circulación entre los ministros de la Corte Suprema, quienes deberán resolver si aceptan la competencia y avanzan en el tratamiento del caso. De confirmarse, el máximo tribunal deberá determinar las medidas de reparación y prevención del daño ambiental en el canal.
Las ONG destacaron el dictamen como “un paso histórico en la defensa judicial del Gran Chaco argentino”, una de las ecorregiones más degradadas del país por la deforestación, el cambio climático y las obras sin evaluación de impacto ambiental.
“Este caso puede sentar un precedente clave sobre la responsabilidad compartida del Estado nacional y las provincias en materia ambiental”, afirmaron desde FARN.
Si la Corte acepta la competencia, será la primera vez que el máximo tribunal intervenga directamente en un conflicto de daño ambiental vinculado a la pérdida de biodiversidad chaqueña.


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