La Corte Suprema se declaró competente en la demanda de La Pampa contra Nación por la eliminación del fondo para bosques nativos

13/05/2026La Política AmbientalLa Política Ambiental

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio un primer paso en la disputa judicial entre la provincia de La Pampa y el Gobierno nacional por la eliminación del Fondo Fiduciario de Protección Ambiental de los Bosques Nativos (Fobosque). El máximo tribunal se declaró competente para intervenir en la demanda por inconstitucionalidad y la medida cautelar de no innovar presentada por la administración pampeana contra el Decreto 888/2024, firmado por el presidente Javier Milei.

La resolución, emitida el pasado 30 de abril, implica el inicio formal del tratamiento judicial del reclamo impulsado por el gobernador Sergio Ziliotto, quien en 2024 instruyó a la Fiscalía de Estado provincial para avanzar contra Nación por la eliminación del fideicomiso ambiental creado para administrar fondos destinados a la conservación de los bosques nativos.

“Recién ahora se declaran competentes y dan el primer traslado”, señalaron desde la Fiscalía de Estado de La Pampa tras conocerse la decisión de la Corte.

El conflicto se originó luego de que el Poder Ejecutivo Nacional dispusiera mediante el Decreto 888/24 la eliminación del Fobosque, un instrumento creado por el artículo 53 de la Ley 27.431 para administrar el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos, previsto en la Ley 26.331.

La provincia reclama aproximadamente mil millones de pesos correspondientes a las operatorias de los años 2023 y 2024, y denunció que el Gobierno nacional realizó una “desviación de fondos” hacia el Tesoro Nacional.

Según planteó La Pampa en la demanda, la eliminación del fideicomiso afecta de manera directa la protección de los bosques nativos y compromete herramientas fundamentales para prevenir desmontes ilegales e incendios forestales. Además, sostienen que pone en riesgo a pequeños productores y comunidades vinculadas al manejo sustentable del bosque que dependían de las compensaciones económicas financiadas por el fondo.

El esquema de distribución previsto por la normativa establecía que el 70 por ciento de los recursos debía destinarse a compensar a titulares de tierras que conservaran bosques nativos, mientras que el 30 por ciento restante correspondía a las autoridades provinciales de aplicación para tareas de monitoreo, asistencia técnica y fortalecimiento de prácticas sustentables desarrolladas por pequeños productores, comunidades campesinas e indígenas.

Desde el gobierno pampeano advirtieron que la disolución del fondo “no solo es contraria a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales suscriptos por el país”, sino que además representa “un avasallamiento a las provincias y a la forma federal de gobierno”.

La administración de Ziliotto también cuestionó que, tras eliminar el fideicomiso, Nación resolviera redireccionar los recursos al Tesoro Nacional “de manera discrecional”, generando incertidumbre sobre la distribución de partidas que legalmente correspondían a las provincias.

En el escrito judicial, La Pampa sostuvo además que cumplió “en tiempo y forma” con todos los requisitos exigidos por la legislación ambiental para acceder a los fondos, pero que aun así durante 2024 no recibió la totalidad de los recursos que le correspondían.

El caso se da en medio de crecientes tensiones entre distintas provincias y el Gobierno nacional por el recorte o desmantelamiento de instrumentos ambientales y fondos específicos vinculados a políticas de conservación. La decisión de la Corte de asumir competencia podría convertir el expediente en un antecedente clave sobre el financiamiento de la protección ambiental y el alcance de las facultades del Poder Ejecutivo para eliminar fondos fiduciarios creados por ley.

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