El Gobierno modifica a último momento la Ley de Tierras para conseguir votos, pero amplía el margen de extranjerización


Ante la falta de apoyos en el Senado, La Libertad Avanza negocia cambios en el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. La nueva propuesta incorporaría un límite del 25% para las tierras rurales en manos extranjeras, aunque eliminaría el control por municipio o departamento que contempla la legislación vigente.
04/08/2026La Política AmbientalLa Política Ambiental

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A pocos días de su tratamiento en el Senado, el Gobierno nacional volvió a modificar el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una iniciativa que reforma el régimen de tierras rurales, los procedimientos de desalojo, las expropiaciones y distintos aspectos de la Ley de Manejo del Fuego.

El oficialismo busca reunir los votos necesarios para darle media sanción durante la sesión prevista para el jueves 6 de agosto. El tratamiento había sido postergado el 16 de julio, cuando el Senado aprobó pasar a un cuarto intermedio ante la falta de consensos suficientes.

La presidenta del bloque de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, quedó al frente de las negociaciones con gobernadores y senadores aliados. Entre las concesiones que prepara el Gobierno aparece la incorporación de un límite del 25% para la propiedad extranjera de tierras rurales, frente a una versión anterior que prácticamente eliminaba los topes nacionales.

Sin embargo, especialistas y sectores opositores advierten que la modificación no mantiene el nivel de protección establecido por la Ley 26.737.

Del 15% al 25% y sin control departamental

La Ley 26.737, denominada Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales, establece actualmente que las personas físicas y jurídicas extranjeras no pueden controlar más del 15% de las tierras rurales.

Ese límite debe respetarse en tres niveles diferentes: sobre la totalidad del territorio nacional, dentro de cada provincia y también dentro de cada municipio, departamento o entidad administrativa equivalente.

La nueva versión que negocia el oficialismo elevaría el porcentaje al 25% y aplicaría el límite a escala nacional y provincial, pero dejaría afuera el control municipal o departamental. Esta diferencia resulta central porque la extranjerización no se distribuye de manera uniforme sobre el territorio argentino.

Una provincia podría mantenerse por debajo del 25% en términos generales y, al mismo tiempo, tener departamentos enteros donde la mayoría de las tierras estuvieran en manos de capitales extranjeros.

El problema no radica únicamente en cuántas hectáreas podrían venderse, sino en su ubicación. Muchos de los departamentos con mayores porcentajes de extranjerización se encuentran en zonas fronterizas o contienen lagos, ríos, bosques, glaciares, yacimientos minerales, tierras productivas y corredores logísticos.

Distintos análisis parlamentarios señalaron que aproximadamente el 5% de las tierras rurales del país ya se encuentra extranjerizado. Aunque el porcentaje nacional está por debajo del límite vigente, existen departamentos y localidades donde la presencia extranjera supera ampliamente el 15%.

El ejemplo de la Patagonia

La ministra de Ambiente bonaerense, Daniela Vilar, advirtió que el límite provincial permitiría concentrar compras extranjeras en territorios pequeños pero estratégicos.

Como ejemplo mencionó el departamento Los Lagos, en Neuquén, donde se encuentran Villa La Angostura, Nahuel Huapi Norte y El Correntoso. Esas áreas representan una porción reducida de la superficie provincial, pero concentran lagos, bosques nativos, cursos de agua y territorios de enorme valor ambiental.

De acuerdo con esta advertencia, una eventual adquisición extranjera de grandes extensiones dentro de ese departamento podría mantenerse formalmente por debajo del 25% de toda la provincia, aunque implicara la extranjerización de una parte sustancial de la región cordillerana.

Qué otras restricciones podrían desaparecer

La legislación vigente también establece que los propietarios de una misma nacionalidad no pueden concentrar más del 30% del total autorizado para extranjeros.

Asimismo, limita la cantidad de tierras que puede adquirir un único titular extranjero: el máximo es de mil hectáreas en la denominada zona núcleo agropecuaria o su superficie equivalente en otras regiones del país.

Las versiones conocidas del proyecto no restablecerían claramente estas restricciones. Por ese motivo, el establecimiento de un límite general del 25% no impediría necesariamente que una misma empresa, grupo económico o nacionalidad concentrara extensiones significativas en territorios específicos.

Registro provincial y empresas vinculadas con otros Estados

Otra de las modificaciones negociadas establece que las adquisiciones realizadas por extranjeros deberán inscribirse en los registros inmobiliarios provinciales.

En el caso de empresas con participación de Estados extranjeros, la operación necesitaría autorización de la provincia donde se encuentre el inmueble y del Poder Ejecutivo Nacional.

El texto anterior prohibía directamente determinadas adquisiciones efectuadas por Estados extranjeros o sociedades controladas por ellos. La nueva redacción reemplazaría esa prohibición general por un sistema de autorizaciones administrativas.

Cambios en las zonas de frontera

El oficialismo también incorporaría la exigencia de una doble autorización para comprar inmuebles rurales ubicados en zonas de seguridad fronteriza.

Las operaciones deberían contar con la conformidad de la provincia correspondiente y del Poder Ejecutivo Nacional, además de cumplir con el régimen especial aplicable a las zonas de frontera.

La regulación de estos territorios es particularmente sensible porque involucra cuestiones relacionadas con la defensa nacional, el control territorial, el acceso a recursos naturales y la circulación de personas y bienes.

Desalojos más rápidos

Las negociaciones también alcanzan al capítulo sobre desalojos.

El proyecto habilita mecanismos de restitución inmediata del inmueble cuando el juez considere verosímil el derecho invocado por el propietario y este preste una caución juratoria.

Para los casos de falta de pago o vencimiento del contrato, cuando las partes no hubieran acordado previamente un procedimiento, se aplicaría subsidiariamente el mecanismo previsto por el artículo 680 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para ocupantes considerados “intrusos” o “precarios”.

La nueva versión, además, eliminaría la obligación expresa del juez de velar directamente por las garantías de niñas, niños, personas con discapacidad y adultos mayores. Esa intervención quedaría principalmente en manos de los organismos locales de protección.

Organizaciones sociales y de derechos humanos advierten que estas disposiciones podrían incrementar la vulnerabilidad de familias campesinas, comunidades indígenas, pequeños productores e inquilinos que mantienen conflictos por la posesión o tenencia de los inmuebles.

Una concesión que no despeja las críticas

La incorporación de un porcentaje máximo representa un retroceso respecto del texto original impulsado por el Gobierno, que buscaba eliminar prácticamente todos los límites nacionales a la adquisición de tierras rurales por extranjeros.

No obstante, la propuesta del 25% continúa siendo considerablemente más permisiva que la legislación vigente. Además de elevar el porcentaje, eliminaría el control departamental o municipal, precisamente el mecanismo que permite detectar la concentración extranjera en territorios pequeños con recursos naturales estratégicos.

El Gobierno presenta la reforma como una herramienta para atraer inversiones y otorgarles mayor autonomía regulatoria a las provincias. Desde sectores científicos, ambientales y sociales sostienen, en cambio, que la propiedad de la tierra no puede analizarse como una simple operación inmobiliaria.

En un país que posee grandes reservas de agua dulce, minerales críticos, bosques nativos, tierras productivas y extensas áreas fronterizas, decidir quién puede adquirir el territorio también significa decidir quién controlará sus recursos naturales.

La discusión llegará nuevamente al Senado el 6 de agosto. Hasta entonces, el oficialismo continuará negociando una redacción que le permita reunir los votos, mientras crecen las advertencias sobre una reforma que, aun con modificaciones, podría profundizar la extranjerización de áreas estratégicas de la Argentina.

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