
El Senado debate una ley de ecocidio que podría llevar a penas de hasta 25 años de prisión
El proyecto busca incorporar nuevos delitos ambientales al Código Penal y ya generó rechazo en sectores agropecuarios. La iniciativa fue impulsada por la senadora Edith Terenzi, obtuvo dictamen favorable en comisión y contempla sanciones para daños ambientales graves, irreversibles y con víctimas fatales.
La Política Ambiental
Una iniciativa para incorporar la figura del “ecocidio” al Código Penal argentino comenzó a avanzar en el Senado y abrió una fuerte discusión sobre los límites del derecho penal frente al daño ambiental. El proyecto, impulsado por la senadora chubutense Edith Terenzi, de Despierta Chubut, obtuvo dictamen favorable en las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
La propuesta plantea crear un nuevo capítulo dentro del Código Penal bajo el título “Delitos contra el ambiente” y tipificar conductas vinculadas con daños ambientales especialmente graves, extensos, duraderos o irreversibles. También contempla la responsabilidad penal de empresas y agravantes para funcionarios públicos que intervengan en hechos de esta naturaleza.
Según el texto, el ecocidio se configura cuando se provoca un daño irreversible o especialmente grave al ambiente en violación de normas de protección ambiental. Para esos casos, la iniciativa prevé penas de prisión de tres a diez años, además de multas económicas. Cuando el daño sea irreversible, las penas podrían elevarse de cinco a quince años.
Uno de los puntos más sensibles aparece cuando el daño ambiental deriva en muertes. El proyecto establece que, si como consecuencia del hecho fallece una persona, la pena será de cinco a veinticinco años de prisión. Si las víctimas fatales fueran dos o más, el mínimo previsto ascendería a diez años.
La iniciativa también incorpora agravantes cuando participe un funcionario público. En esos supuestos, las penas se incrementarían en un tercio en su mínimo y máximo, junto con la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
Otro eje de debate es la incorporación de la modalidad culposa. Es decir, el proyecto no se limita a conductas intencionales, sino que también contempla supuestos cometidos por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de deberes, aunque con penas reducidas.
En los fundamentos, Terenzi sostiene que la legislación argentina presenta un vacío en esta materia, ya que el Código Penal no regula los delitos ambientales como una categoría autónoma. La senadora argumenta que la creciente degradación de los ecosistemas exige una respuesta penal más clara y eficaz.
El proyecto cita antecedentes internacionales de países como Francia, Bélgica, Colombia, Chile y Bolivia, además de iniciativas debatidas en el ámbito de la Unión Europea. También recoge definiciones impulsadas por organizaciones internacionales que promueven el reconocimiento del ecocidio como una figura penal específica.
Sin embargo, la propuesta ya generó fuertes cuestionamientos desde sectores productivos. La Sociedad Rural Argentina anticipó su rechazo y advirtió que la redacción del proyecto podría generar inseguridad jurídica para el campo y otras actividades económicas.
Desde la entidad ruralista cuestionaron la amplitud de conceptos como “daño ambiental especialmente grave” o “daño irreversible”, por considerar que podrían habilitar interpretaciones demasiado abiertas. También señalaron que el texto podría afectar inversiones y criminalizar actividades productivas bajo definiciones poco precisas.
Las críticas también llegaron desde la Federación de Acopiadores de Granos. Su presidente, Fernando Rivara, advirtió que el proyecto no define con claridad quién determinará la existencia de un daño ambiental irreversible o especialmente grave, ni bajo qué criterios técnicos o judiciales se evaluará cada caso.
Uno de los puntos señalados por el sector agropecuario es que la norma podría quedar atada al incumplimiento de regulaciones provinciales o municipales, algunas de las cuales, según sostienen, no siempre cuentan con suficiente respaldo técnico o científico. También manifestaron preocupación por el efecto que podría tener sobre funcionarios que deban autorizar proyectos productivos o inversiones.
Ante la polémica, Patricia Bullrich, una de las senadoras que acompañó el dictamen, afirmó que la firma tuvo como objetivo habilitar el tratamiento del proyecto, pero aclaró que el texto tendrá “muchas modificaciones” antes de avanzar. Según sostuvo, el objetivo principal es sancionar a quienes provoquen incendios intencionales y no perjudicar al campo.
Carolina Losada, que firmó el dictamen en disidencia, también coincidió en la necesidad de contar con herramientas penales para castigar delitos ambientales, aunque cuestionó la redacción actual del proyecto. Para la legisladora santafesina, la iniciativa, tal como está planteada, puede generar temor en los inversores.
Con dictamen favorable, el debate quedó abierto. De un lado, quienes impulsan la figura sostienen que la Argentina necesita actualizar su legislación penal ambiental frente a daños cada vez más graves sobre los ecosistemas. Del otro, sectores productivos advierten que una redacción imprecisa puede derivar en arbitrariedad judicial, incertidumbre económica y conflictos con actividades lícitas.
La discusión recién comienza en el Congreso, pero ya instaló una pregunta central: hasta dónde debe avanzar el derecho penal para proteger el ambiente sin convertir en delito conductas productivas que requieren reglas claras, controles técnicos y definiciones precisas.


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