Entre Ríos: confirman daño ambiental en 5.300 hectáreas del Delta por obras para producir en un humedal

16/09/2026La Política AmbientalLa Política Ambiental

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Una inspección ordenada por la Justicia Federal confirmó la existencia de extensos terraplenes, cursos de agua alterados y pérdida de las condiciones naturales del humedal en las Islas Lechiguanas, frente a Ramallo. Los organismos ambientales de Entre Ríos advirtieron que las obras modificaron el régimen hidrológico y afectaron el hábitat y los servicios ecosistémicos de unas 5.300 hectáreas. Además, el proyecto productivo nunca obtuvo el decreto definitivo que debía autorizar las obras.

Lo que durante años fue denunciado por organizaciones ambientales ahora suma nuevas constataciones oficiales. Las Islas Lechiguanas, en pleno Delta del Paraná, fueron intervenidas con obras destinadas a modificar el comportamiento natural del agua y permitir el desarrollo de actividades productivas sobre un territorio que funciona naturalmente como humedal.

Los nuevos informes fueron elaborados por el Consejo Regulador del Uso de Fuentes de Agua (CORUFA) y la Dirección de Áreas Naturales Protegidas de la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos, a partir de una inspección realizada por orden de la Justicia Federal.

La causa tramita ante el Juzgado Federal de Victoria y se inició en 2020 a partir de una acción impulsada por la Asociación Civil Unidos por la Vida y el Medio Ambiente (UPVA), junto con otros actores, contra empresarios vinculados al establecimiento ubicado en las islas.

Un terraplén de 21 kilómetros para modificar el Delta

Uno de los datos más contundentes del relevamiento aparece en las dimensiones de las obras detectadas.

Los técnicos del CORUFA realizaron mediciones topográficas, utilizaron drones y sobrevolaron el establecimiento en helicóptero. Allí constataron un terraplén perimetral de aproximadamente 21 kilómetros, paralelo al arroyo Lechiguanas, con unos 2,5 metros de altura y ocho metros de ancho en su parte superior.

Además, detectaron otro terraplén perpendicular, de unos 250 metros de extensión. En ese sector los inspectores no pudieron verificar la existencia de tuberías que permitieran garantizar el paso natural del agua y señalaron que, al menos visualmente, el corte era total.

El problema ambiental no está solamente en el tamaño de las estructuras. El propio informe de la Secretaría de Ambiente advierte que los humedales del Delta dependen de la alternancia natural entre períodos de creciente y bajante. Los terraplenes y endicamientos modifican justamente ese funcionamiento.

Según el organismo, las obras provocaron alteraciones en el régimen hidrológico natural, pérdida de elasticidad ecológica, degradación del hábitat y afectación de bienes y servicios ecosistémicos.

Es decir, no se trata simplemente de construir caminos o infraestructura para una explotación rural: la intervención modifica artificialmente la circulación del agua en un ecosistema cuya dinámica depende de esos ciclos.

5.300 hectáreas transformadas para la producción

Los nuevos informes oficiales se suman a una pericia judicial realizada en 2023.

El perito ingeniero ambiental había determinado entonces que aproximadamente 5.300 hectáreas habían sido endicadas bajo la modalidad de “pólder”, y calificó la situación como una grave afectación debido a la pérdida de las condiciones naturales del humedal.

El especialista describió además un proceso de “pampeanización” del territorio, provocado por la construcción de terraplenes y sistemas destinados a retirar el agua para permitir el uso productivo de la superficie.

La conclusión de aquella pericia fue contundente: la intervención sobre las 5.300 hectáreas para contener el movimiento natural del agua y drenarlas causa daño directo a la condición de humedal.

Por eso, el perito estableció que la recomposición ambiental debía contemplar la eliminación de los terraplenes y las canalizaciones construidas dentro del área endicada.

Ahora, los organismos de la Provincia de Entre Ríos llegaron a conclusiones similares después de regresar al territorio y verificar que las estructuras continúan allí.

Una obra que tampoco tenía la autorización definitiva

El relevamiento aportó además otro dato que podría resultar clave para la causa.

Durante años se discutió la situación administrativa del proyecto, pero el CORUFA reconstruyó el expediente y confirmó que nunca se dictó el decreto definitivo que debía otorgar la autorización plena.

El trámite había llegado hasta la Resolución N.º 997, del 14 de agosto de 2020. Sin embargo, quedaron pendientes el anteproyecto de decreto y el decreto del Poder Ejecutivo que debía completar el procedimiento.

El organismo confirmó que continúa pendiente la emisión de ese decreto definitivo.

Pero la situación es todavía más compleja: los inspectores detectaron que algunas de las obras construidas ni siquiera coinciden con lo presentado originalmente ante la administración.

Entre otras cosas, el CORUFA constató terraplenes y el corte de un arroyo interno que no se correspondían con el proyecto productivo presentado. También detectó mediante imágenes satelitales una producción agrícola extensiva que no estaba contemplada en aquella presentación.

Maíz, agroquímicos y un humedal convertido en campo productivo

La transformación del territorio permitió avanzar con actividades agrícolas y ganaderas dentro del área intervenida.

En las actuaciones judiciales aparecen registros de maquinaria agrícola, fumigadoras y envases de agroquímicos. Además, imágenes obtenidas mediante drones permitieron documentar cultivos de maíz dentro del sector endicado.

El propio demandado reconoció en su contestación judicial la utilización terrestre de agroquímicos.

La dimensión de la producción también quedó reflejada en otro dato: en las actuaciones consta que se autorizó el retiro de aproximadamente 730 toneladas de maíz producido en las islas.

El caso además quedó atravesado por los incendios que afectaron al Delta en 2020. Dentro de las pruebas incorporadas a la causa aparece incluso un mensaje recuperado mediante una pericia informática en el teléfono de uno de los demandados, en el que se preguntaba: “¿Cómo vamos con el fuego?”

Las imágenes satelitales también registraron focos de incendio dentro del establecimiento y existe un antecedente administrativo relacionado con una infracción a la legislación provincial sobre utilización del fuego.

Estos elementos forman parte de una causa que busca determinar las responsabilidades y, fundamentalmente, establecer cómo recomponer el ambiente afectado.

El Delta no es un campo: qué se pierde cuando se modifica el humedal

El informe de la Dirección de Áreas Naturales Protegidas advierte que la intervención produjo una alteración de gran magnitud sobre un sistema naturalmente inundable.

Los terraplenes interrumpen los flujos laterales y laminares del agua y afectan la conectividad hídrica entre el río Paraná, el arroyo Lechiguanas y las planicies deltaicas internas.

La pérdida de esa conectividad no afecta únicamente al agua. También modifica las condiciones que permiten la existencia de la vegetación y de las especies que dependen del funcionamiento natural del humedal.

El organismo provincial identificó además una pérdida de elasticidad ecológica, degradación del hábitat y afectación de servicios ambientales fundamentales, entre ellos la regulación hídrica, la recarga de acuíferos y la conservación de ambientes utilizados por distintas especies y poblaciones isleñas.

En un humedal, el agua no es un obstáculo que deba ser eliminado para producir. Es parte del propio ecosistema.

Y eso es justamente lo que las pericias y los informes oficiales señalan que fue alterado en las Islas Lechiguanas.

La Justicia deberá definir cómo se recompone el daño

Después de aproximadamente seis años de proceso judicial, la discusión entra en una etapa clave.

La pericia ambiental realizada anteriormente y los nuevos informes oficiales coinciden en un punto central: los terraplenes y los sistemas de drenaje modificaron las condiciones naturales del humedal.

La Secretaría de Ambiente de Entre Ríos planteó como alternativa la apertura parcial o total de los terraplenes para recuperar el flujo natural del agua, acompañada por un programa de monitoreo hidrológico y ecológico.

El perito judicial, en cambio, había sido más contundente al considerar que la recomposición ambiental debía incluir la eliminación de los terraplenes y las canalizaciones del pólder.

Mientras tanto, UPVA solicitó al juez federal de Victoria que dicte sentencia y sostuvo que la prueba incorporada durante estos años resulta suficiente para resolver la causa.

El caso de las Islas Lechiguanas vuelve a poner sobre la mesa una discusión que atraviesa al Delta del Paraná desde hace años: qué ocurre cuando un ecosistema inundable es intervenido para transformarlo en una superficie apta para producir.

En este caso, los informes oficiales ya no hablan solamente de una denuncia ambiental. Hablan de miles de hectáreas donde se modificó el régimen natural del agua, se degradó el hábitat y se alteraron servicios ecosistémicos.

Ahora queda en manos de la Justicia determinar las responsabilidades y qué deberá hacerse para intentar devolverle al humedal una dinámica que, según las propias constataciones oficiales, fue alterada por las obras.

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