Grave: La Corte Suprema Habilita La Compra De Tierras A Extranjeros

La Corte Suprema dejó nuevamente vigente el decreto con el que Javier Milei derogó la Ley de Tierras Rurales y eliminó los límites para la adquisición de campos por parte de extranjeros. El máximo tribunal no analizó la constitucionalidad de la medida: consideró que los veteranos de Malvinas que habían llevado el reclamo a la Justicia no estaban legitimados para hacerlo. La decisión vuelve a abrir la puerta a una mayor extranjerización del territorio argentino, después de que una fuerte movilización social obligara al Gobierno a retirar del Congreso su intento de flexibilizar todavía más la normativa.
29/09/2026La Política AmbientalLa Política Ambiental

ChatGPT Image 29 sept 2026, 20_53_34 - copia

La Corte Suprema de Justicia de la Nación tomó una decisión que vuelve a poner en discusión quién puede comprar y concentrar tierras rurales en Argentina. El máximo tribunal revocó el fallo judicial que había frenado la derogación de la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales, y de esta manera volvió a quedar vigente el artículo del DNU 70/2023 mediante el cual el Gobierno de Javier Milei eliminó esa norma.

La decisión tiene una consecuencia concreta: Argentina vuelve a quedar sin el límite nacional que establecía que los extranjeros no podían controlar más del 15% de las tierras rurales del país, de cada provincia y de cada departamento. También desaparecen las demás restricciones que establecía la Ley de Tierras para evitar una concentración excesiva de territorio rural en manos extranjeras.

El fallo de la Corte fue firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. El tribunal, sin embargo, no declaró que el DNU 70/2023 sea constitucional ni sostuvo que el Gobierno tenga facultades ilimitadas para derogar una ley mediante un decreto. La Corte resolvió la causa por una cuestión procesal: consideró que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que había presentado la demanda, no tenía legitimación para promover ese reclamo.

La diferencia jurídica es importante, pero no modifica el resultado práctico. El fallo que había frenado la derogación queda sin efecto y la Ley de Tierras continúa derogada. Así, una norma sancionada por el Congreso para establecer límites a la propiedad extranjera sobre el territorio rural argentino vuelve a quedar fuera de vigencia por decisión del Poder Ejecutivo, ahora sin el obstáculo judicial que había impuesto la Cámara Federal de La Plata.

Milei derogó una ley sobre tierras mediante un DNU

La historia comenzó en diciembre de 2023, pocos días después de la asunción de Javier Milei. A través del DNU 70/2023, el Gobierno impulsó una amplia desregulación de la economía y, entre cientos de modificaciones, incluyó una decisión que afectó directamente al régimen de propiedad de tierras rurales.

El artículo 154 del decreto estableció: “Derógase la Ley N° 26.737”. La norma había sido sancionada por el Congreso en 2011 y establecía un régimen destinado a limitar la extranjerización de tierras rurales en Argentina.

No se trataba de una ley que prohibiera a los extranjeros comprar campos. La legislación permitía esas operaciones, pero fijaba límites para impedir que una porción excesiva del territorio rural quedara concentrada en manos de propietarios extranjeros.

El principal límite era del 15% de las tierras rurales. Ese porcentaje se aplicaba sobre el territorio nacional y también sobre cada provincia y cada departamento o municipio. Además, ninguna nacionalidad podía concentrar más del 30% del porcentaje permitido para extranjeros y existían restricciones particulares para determinadas zonas, entre ellas áreas de frontera y tierras vinculadas con cuerpos de agua.

La Ley 26.737 también establecía un límite de 1.000 hectáreas para un mismo titular extranjero en la denominada zona núcleo, con las particularidades previstas por la propia normativa según la ubicación del inmueble.

Todo ese esquema fue eliminado mediante el DNU firmado por Milei.

La pregunta que el Gobierno todavía no respondió

La derogación abrió una discusión institucional que continúa sin una respuesta definitiva: ¿puede el Poder Ejecutivo eliminar mediante un decreto de necesidad y urgencia una ley que fue debatida y sancionada por el Congreso de la Nación?

El Gobierno defendió la medida como parte de su programa de desregulación y argumentó que las restricciones a la propiedad rural extranjera afectaban el derecho de propiedad y las inversiones.

Pero la cuestión excede el debate económico. La Ley de Tierras regulaba la propiedad sobre un recurso que, a diferencia de otros bienes, tiene una característica evidente: la tierra es territorio y el territorio es un elemento constitutivo del Estado.

Por eso, la decisión de eliminar mediante un DNU un régimen aprobado por el Congreso generó cuestionamientos desde distintos sectores. La discusión no se limita a si un extranjero puede comprar un campo, sino a qué herramientas conserva el Estado argentino para evitar una concentración territorial que considere incompatible con sus intereses estratégicos.

La Corte Suprema, en este expediente, decidió no resolver esa cuestión.

La reforma de Milei provocó una marcha nacional

El conflicto volvió a cobrar fuerza durante 2026, cuando el Gobierno intentó avanzar nuevamente sobre la regulación de las tierras rurales.

El Ejecutivo incluyó en el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada un capítulo destinado a modificar las restricciones para la adquisición de tierras por parte de extranjeros. La propuesta original buscaba eliminar el límite del 15% que establecía la Ley de Tierras y permitir una flexibilización mucho mayor del régimen.

La iniciativa generó una fuerte reacción de organizaciones sociales, ambientales, sindicales, pueblos originarios y sectores vinculados a la defensa de la soberanía territorial. Se convocó a una movilización frente al Congreso para el 6 de agosto, coincidiendo con el tratamiento del proyecto en el Senado. La CGT, las dos CTA y distintas organizaciones sociales anunciaron su participación en la protesta.

La movilización no quedó concentrada en Buenos Aires. En Bariloche, organizaciones sociales, sindicatos y vecinos realizaron una marcha desde Onelli y Moreno hasta el Centro Cívico para rechazar la reforma. Entre los participantes estuvo Rubén Pablós, director provincial de Veteranos de Guerra de Malvinas, quien vinculó expresamente la protesta con la defensa de la soberanía y cuestionó la entrega de tierras y recursos naturales.

También participaron integrantes del CECIM La Plata en la movilización frente al Congreso. Rodolfo Carrizo, presidente de la organización, cuestionó la iniciativa del Gobierno y sostuvo que no se podía permitir la extranjerización de la tierra.

La protesta se produjo incluso después de que el Gobierno retirara el capítulo de extranjerización del proyecto. El oficialismo tomó esa decisión el 5 de agosto, ante la falta de respaldo suficiente para sostener esos artículos en el Senado.

La presión había surtido efecto: el Gobierno no consiguió avanzar en el Congreso con la reforma que pretendía flexibilizar la propiedad extranjera de tierras.

El Gobierno retiró la reforma, pero la discusión no terminó

El retiro del capítulo no significó que el Gobierno abandonara su política sobre tierras.

La propuesta original pretendía eliminar las restricciones de la Ley de Tierras. Posteriormente, durante las negociaciones parlamentarias, el oficialismo llegó a plantear un límite del 25% por provincia. Finalmente, el capítulo completo fue retirado del proyecto antes de su tratamiento.

La movilización del 6 de agosto terminó convirtiéndose así en una expresión de rechazo a una reforma que distintos sectores consideraban vinculada con la pérdida de control nacional sobre el territorio.

En Bariloche, la protesta fue especialmente significativa por la participación de veteranos de Malvinas y por el lugar elegido para su recorrido: la columna pasó por el Memorial de Veteranos antes de llegar al Centro Cívico.

La imagen resume buena parte de la discusión que ahora vuelve a aparecer con el fallo de la Corte: quienes habían combatido por el territorio argentino se movilizaron contra una reforma que buscaba flexibilizar la propiedad extranjera sobre ese mismo territorio.

Los veteranos de Malvinas llevaron el reclamo a la Justicia

El cuestionamiento judicial fue impulsado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata. Los veteranos sostuvieron que la derogación de la Ley de Tierras afectaba cuestiones vinculadas con la soberanía y el territorio nacional y recurrieron a la Justicia para frenar la decisión del Gobierno.

La Cámara Federal de La Plata había aceptado ese planteo y declaró inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023. De esa manera, el tribunal había frenado judicialmente la derogación de la Ley de Tierras.

La causa llegó posteriormente a la Corte Suprema.

El máximo tribunal tomó ahora un camino diferente. En lugar de analizar si el Ejecutivo podía eliminar la Ley 26.737 mediante el DNU 70/2023, entendió que el CECIM no tenía legitimación suficiente para iniciar esa acción.

La Corte consideró que la organización no había demostrado tener un derecho subjetivo o un interés colectivo que le permitiera plantear ese reclamo judicial en los términos utilizados. En consecuencia, revocó la sentencia anterior sin pronunciarse sobre la constitucionalidad del artículo 154.

Y ahí aparece la principal consecuencia de la decisión: aunque la Corte no haya declarado constitucional el DNU, sí eliminó el fallo que había impedido que ese decreto produjera nuevamente sus efectos.

Una Corte que no analiza el fondo, pero deja vigente la medida

La decisión genera una situación particularmente cuestionable. La Corte no respondió si Milei podía derogar la Ley de Tierras mediante un DNU, pero tampoco mantuvo el fallo que había considerado inconstitucional esa decisión.

En otras palabras, el máximo tribunal evitó resolver la discusión constitucional y resolvió el caso por una cuestión vinculada con quién podía presentar la demanda.

Desde el punto de vista jurídico, esto significa que la Corte no avaló expresamente la constitucionalidad de la derogación. Pero desde el punto de vista de sus efectos concretos, la decisión deja nuevamente vigente el artículo 154 del DNU 70/2023.

La consecuencia es que la Ley 26.737 vuelve a estar derogada y los límites que establecía dejan de operar.

Para un tema de semejante importancia, la ausencia de una respuesta sobre el fondo resulta especialmente relevante. Se está hablando de una ley nacional que durante más de una década estableció límites sobre la propiedad extranjera de tierras rurales y que fue eliminada por un decreto del Poder Ejecutivo.

La Corte tuvo la posibilidad de discutir los límites constitucionales de esa decisión. En cambio, cerró el caso por la legitimación de quienes presentaron el reclamo.

13,3 millones de hectáreas ya están en manos extranjeras

La discusión tampoco ocurre sobre un territorio donde la presencia extranjera sea marginal.

Según datos del Registro Nacional de Tierras Rurales, alrededor de 13,3 millones de hectáreas rurales están actualmente en manos de extranjeros. La superficie equivale aproximadamente al tamaño de la provincia de Santa Fe.

Además, el problema no se distribuye de manera uniforme. Aunque ninguna provincia supera actualmente el límite del 15%, existen 31 departamentos que sí superaban ese porcentaje bajo los parámetros de la Ley de Tierras.

En algunos casos, la concentración es mucho mayor. En los departamentos salteños de Molinos y San Carlos, por ejemplo, la superficie rural en manos extranjeras supera la que permanece en manos nacionales. En Iguazú, Misiones, la participación extranjera ronda el 40% de las tierras rurales.

Es justamente frente a situaciones de este tipo que la Ley 26.737 había establecido límites tanto a nivel nacional como provincial y departamental. La eliminación de la norma no solamente permite aumentar la cantidad total de hectáreas extranjerizadas: también elimina una herramienta destinada a controlar la concentración territorial en determinadas regiones.

La tierra como recurso estratégico

La discusión sobre la extranjerización de tierras no puede reducirse a una cuestión inmobiliaria.

Un campo, una zona de frontera, una superficie productiva, un territorio cercano a un río o a un acuífero no son simplemente bienes comerciales intercambiables. La tierra forma parte del territorio sobre el cual el Estado ejerce su soberanía.

Por eso, la existencia de límites a la propiedad extranjera fue durante años una política adoptada por el Congreso argentino. La Ley 26.737 no impedía las inversiones extranjeras ni prohibía la compra de campos: establecía hasta dónde podía llegar esa adquisición.

Eliminar esos límites implica modificar de manera sustancial la capacidad del Estado para controlar la concentración de tierras rurales.

Y hacerlo mediante un DNU plantea, además, un problema institucional que la Corte decidió no resolver.

La paradoja: el Congreso no aprobó la apertura, pero la tierra queda sin límites

Hay una secuencia que no puede perderse de vista.

Primero, Milei derogó la Ley de Tierras mediante el DNU 70/2023.

Después, los veteranos del CECIM recurrieron a la Justicia y consiguieron un fallo que declaró inconstitucional esa derogación.

En 2026, el Gobierno intentó nuevamente modificar el régimen mediante una ley y buscó eliminar o flexibilizar las restricciones a la propiedad extranjera.

La reacción social fue inmediata. Hubo convocatorias y movilizaciones en distintos puntos del país, con organizaciones sindicales, sociales, ambientales, pueblos originarios y veteranos de Malvinas en las calles. En Buenos Aires, la protesta llegó al Congreso; en Bariloche, una multitud marchó hasta el Centro Cívico.

Finalmente, el Gobierno retiró del proyecto el capítulo sobre extranjerización de tierras ante la falta de respaldo político suficiente.

Y ahora, la Corte Suprema revoca el fallo que había frenado el DNU.

La paradoja es evidente: la reforma que el Gobierno no consiguió aprobar mediante una ley vuelve a tener efectos por una norma que el propio Ejecutivo había impuesto mediante decreto.

La Corte dejó abierta una discusión central

El fallo deja una pregunta fundamental sin respuesta: ¿puede un Presidente eliminar mediante un DNU una ley que regula un recurso estratégico del territorio nacional?

La Corte no lo resolvió.

Los jueces consideraron que el CECIM no estaba legitimado para presentar la acción y que, por lo tanto, no existía un caso judicial que les permitiera analizar la constitucionalidad del artículo 154.

Pero mientras el máximo tribunal evita pronunciarse sobre esa cuestión, el efecto de su decisión es concreto: la Ley de Tierras vuelve a quedar derogada y el límite del 15% desaparece.

Los veteranos de Malvinas que habían cuestionado la medida quedan así fuera de esta instancia judicial sin que el máximo tribunal haya respondido el planteo de fondo.

Y mientras tanto, el Gobierno obtiene nuevamente el resultado que había buscado desde el DNU 70/2023: un régimen nacional sin el límite que impedía que los extranjeros concentraran más del 15% de las tierras rurales.

La movilización de agosto había demostrado que la discusión estaba lejos de ser solamente jurídica. Miles de personas salieron a las calles para rechazar la extranjerización de tierras y reclamar que el territorio argentino no quedara sujeto a una apertura sin límites. El Gobierno retiró entonces el capítulo de la reforma.

Ahora, un fallo de la Corte Suprema vuelve a colocar esa cuestión en el centro de la escena.

Milei eliminó por decreto los límites a la extranjerización de tierras. El Congreso no aprobó la reforma con la que el Gobierno intentó profundizar esa política. Los veteranos de Malvinas llevaron el reclamo a la Justicia y se movilizaron contra la entrega de territorio. Y ahora la Corte Suprema revocó el fallo que había frenado la derogación.

El resultado es concreto: Argentina vuelve a quedar sin el límite nacional del 15% que durante años reguló la cantidad de tierras rurales que podían estar en manos extranjeras.

La Corte no declaró constitucional el DNU. Pero tampoco sostuvo el fallo que había frenado sus efectos.

Y la pregunta que queda abierta es la misma que estuvo en las calles, en el Congreso y en los tribunales: ¿quién va a controlar cuánto territorio argentino puede quedar en manos de extranjeros?

¿Sabías que somos un medio independiente_
Lo más visto
images (11)

Ciencia bajo presión: una investigadora del INTA que estudió plaguicidas enfrenta un pedido de exoneración

La Política Ambiental
21/09/2026

Virginia Aparicio coordinó en la Argentina el proyecto internacional SPRINT, que investigó la presencia de plaguicidas en el ambiente, los alimentos, los animales y las personas. Su abogado asegura que un sumario administrativo propone aplicarle la sanción más grave del empleo público. El gremio APINTA denunció un intento de disciplinamiento y reclamó libertad para investigar.
rio t

Catamarca: los trabajadores de Río Tinto iniciaron un paro por reclamos salariales y de seguridad

La Política Ambiental
24/09/2026
AOMA Seccional Catamarca inició una medida de fuerza que afecta las operaciones de Minera del Altiplano, perteneciente a Río Tinto, en la Puna catamarqueña. El reclamo incluye una discusión salarial y cuestionamientos por las condiciones de seguridad, luego del episodio de julio en el que trabajadores quedaron aislados durante días por un fuerte temporal de nieve.
Suscríbete a La Política Ambiental para recibir periódicamente las novedades en tu email
MONITOR LPA
Argentina
⚡ ALERTAS CLIMÁTICAS
Obteniendo alertas...
🌍 SISMOS Y TERREMOTOS RECIENTES
Obteniendo sismos...