Entre Ríos: El intendente de Concordia declaró el Estado de Emergencia Hídrica, Social, Vial y Sanitaria

16/05/2024La Política AmbientalLa Política Ambiental
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A través de DECRETO N° 605/2.024 publicado este martes 14 de mayo, el intendente Francisco Azcué, declaró el Estado de Emergencia Hídrica, Social, Vial y Sanitaria en el Municipio de Concordia, a raíz de las creciente del Río Uruguay y sus consecuencias sociales y económicas para la población en general. Allí mismo, registró DIARIOJUNIO, entre los considerados de la medida el Jefe municipal establece, entre otras cosas, “que esta situación supone la puesta en funcionamiento de la estructura municipal recursos humanos y materiales de manera excepcional, necesarios para paliar los daños que el fenómeno meteorológico está provocando”

VISTO:
Las abundantes lluvias producidas en la cuenca del Río Uruguay y las previsiones para los próximos días, y

CONSIDERANDO:
Que las/mismas han producido la creciente del Río Uruguay hasta la cota 13,80 mts., ocasionando el anegamiento de calles, afectación de la red eléctrica y provisión de agua potable, como otros daños en la planta urbana que requieren de una atención inmediata.

Que ha obligado a la evacuación de personas a los que se debe sumar los vecinos autoevacuados que se retiraron por sus propios medios hacia hogares de familiares y amigos.-

Que las familias evacuadas por la Junta de Defensa Civil son reubicadas en Centros habilitados para ello.-

Que de acuerdo a las previsiones del Servicio Meteorológico Nacional las precipitaciones continuarían en las próximas horas, lo que provocaría que continúe la crecida del Río Uruguay.-

Que esta situación supone la puesta en funcionamiento de la estructura municipal recursos humanos y materiales de manera excepcional, necesarios para paliar los daños que el fenómeno meteorológico está provocando.-

Que atento a lo previsto en el Artículo 6° de la Ley Provincial N° 5.323, este Departamento Ejecutivo Municipal estima pertinente dictar la presente medida, en uso de las atribuciones facultades, al Departamento Ejecutivo Municipal por el Articulo 107° Incisos a), b), c), I), ñ), o), q), r) y u) de la Ley N° 10.027 modificada por la Ley N° 10.082-Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-

Por ello, EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declarase el Estado de Emergencia Hídrica, Social, Vial y Sanitaria en el Municipio de Concordia, de conformidad a los motivos invocados y señalados en los considerandos del presente Decreto.-

ARTICULO 2°.– Encomiéndase a la Junta Municipal de Defensa Civil, adopte las medidas y acciones necesarias para atender la situación de emergencia señalada en el Artículo anterior, en el marco de lo previsto en la Ley Provincial N° 5.323 y su Decreto Reglamentario.-

ARTICULO 3°.– Comunicar el presente al Señor Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, en los términos y alcances de la ley N° 5.323 y D.1724/73 MGJ, ante la contingencia y con el objeto de la aplicación de las medidas necesarias desde el ámbito nacional y provincial.-

ARTICULO 4°.- Establécese que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1° del presente Decreto, serán afrontados con la reserva presupuestaria establecida en el Presupuesto General de Recursos y Gastos de la Administración pública Municipal para el Ejercicio Económico 2.024.-

ARTICULO 5°.– Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaria de Gobierno y cumplimentado oportunamente archívese.-

Dr. FRANCISCO AZCUE
Presidente Municipal
Arq. EDUARDO MARTIN CAMINAL
Jefe de Gabinete
Dr. LICIANO DELL´OLIO
Secretario de Gobierno.

La creciente en Concordia vista desde imágenes satelitales:

Lr_1715818954La Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE) aportó imágenes satelitales y mapas de las zonas afectadas por las inundaciones en la región de Salto Grande. Muestran el estado de situación actual.

Diario Río Uruguay pudo acceder al material difundido desde la CONAE (Comisión Nacional de Actividades Espaciales). Desde el área, se informó que se encuentra "trabajando en una nueva activación del Charter Internacional, para monitorear la crecida del río Uruguay en Concordia, Entre Ríos".

De esta manera, agencias espaciales del mundo - entre ellas la CONAE - ponen a disposición las capacidades de observación de satélites y recursos profesionales para "la elaboración de mapas en base a imágenes satelitales, que muestran el estado de situación de las zonas afectadas", se indicó.

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El producto SPOT del día 14 de mayo del 2024 muestra una vista general de las crecidas del río Uruguay y "se pueden ver detalles de la entrada de agua en distintas zonas de la ciudad de Concordia".

Vale recordar que la Comisión Nacional de Actividades Espaciales es el organismo del Estado Nacional con capacidad para actuar pública y privadamente en los órdenes científico, técnico, industrial, comercial, administrativo y financiero, así como competencia para proponer las políticas para la promoción y ejecución de las actividades en el área espacial con fines pacíficos en todo el ámbito de la República Argentina.

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Su misión es contribuir mediante el conocimiento derivado de las acciones científico-tecnológicas espaciales a "disponer de información de origen espacial y sus aplicaciones sobre nuestro territorio continental y marítimo, a fin de mejorar la calidad de vida de la población"

Además, dar información adecuada y oportuna "a los sectores económicos y productivos del país, para incrementar su productividad y competitividad a nivel nacional e internacional".

Con estos objetivos, la CONAE debe "proponer y ejecutar un Plan Espacial Nacional, considerado Política de Estado, para utilizar y aprovechar la ciencia y la tecnología espacial con fines pacíficos y aportar información al Estado Nacional de manera de colaborar en una eficaz gestión de gobierno".

Fuente: diariojunio y diarioriouruguay

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