Entre Ríos: multaron con apenas $496 mil a propietarios rurales por una quema ilegal en humedales de Victoria

La Secretaría de Ambiente sancionó a los titulares de un campo por una quema no autorizada sobre tres hectáreas de humedal. El caso expone la baja capacidad disuasiva de las multas frente al daño ambiental en uno de los ecosistemas más sensibles del Delta del Paraná.
 
30/06/2026La Política AmbientalLa Política Ambiental

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La Secretaría de Ambiente de Entre Ríos aplicó una multa de $496.140 a los propietarios de un establecimiento rural del departamento Victoria, luego de constatar una quema no autorizada sobre tres hectáreas de vegetación seca en zona de humedales. La sanción fue dispuesta mediante la Resolución N.º 339/2026, a partir de un procedimiento iniciado por una inspección del Plan Provincial de Manejo del Fuego realizada el 4 de diciembre de 2022. 

Durante el patrullaje, los inspectores verificaron que el incendio se desarrollaba sin autorización de la autoridad competente y sin personas encargadas de controlar el avance de las llamas o realizar tareas de extinción. Según las actuaciones administrativas, el fuego no afectó viviendas ni provocó daños personales, pero sí generó un impacto ambiental relevante por haberse producido en un ambiente de humedal. 

El monto de la multa vuelve a abrir el debate sobre la eficacia real del régimen sancionatorio ambiental. La cifra equivale a apenas $165.380 por hectárea quemada, en un territorio donde el uso ilegal del fuego viene siendo señalado desde hace años como una de las principales amenazas para la biodiversidad, la regulación hídrica y la conservación del Delta.

Para fijar la sanción, la Secretaría de Ambiente tuvo en cuenta la falta de control sobre el fuego, el riesgo potencial generado, la ausencia de daños a personas o bienes, el impacto ambiental por tratarse de un humedal y la inexistencia de antecedentes de los propietarios.

Con esos parámetros, el organismo provincial resolvió imponer la multa económica contra los titulares del campo donde se detectó la infracción.La resolución recordó que la Ley Provincial N.º 9.868 y las leyes nacionales N.º 26.562 y N.º 26.815 prohíben realizar quemas en áreas rurales y forestales sin autorización expresa de la autoridad ambiental. La Ley 26.562 establece presupuestos mínimos para controlar las actividades de quema en todo el país, mientras que la Ley 26.815 regula el Sistema Federal de Manejo del Fuego y fija presupuestos mínimos en materia de incendios forestales y rurales. 

También se informó que los propietarios fueron notificados para ejercer su derecho de defensa, pero no presentaron descargo dentro de los plazos previstos. Por ese motivo, el procedimiento administrativo continuó hasta el dictado de la sanción. La normativa establece que la multa debe abonarse dentro de los diez días posteriores a la notificación, aunque los infractores pueden solicitar un plan de facilidades de pago dentro de los cinco días hábiles siguientes. El caso se inscribe en una zona especialmente sensible. En 2023, el Concejo Deliberante de Victoria aprobó el Plan de Manejo de la Reserva Humedales e Islas, un área de casi 400.000 hectáreas destinada a ordenar usos y actividades dentro del ecosistema. Organizaciones ambientales habían advertido entonces que se trataba de un territorio fuertemente degradado por quemas, terraplenes, urbanización descontrolada, caza ilegal y prácticas productivas incompatibles con la conservación. 

La sanción administrativa confirma la infracción, pero deja una pregunta central: si una quema ilegal en humedales termina con una multa inferior al costo de muchas actividades productivas, el castigo difícilmente funcione como herramienta de prevención. En un contexto de crisis climática, bajante histórica y presión creciente sobre el Delta, la protección de los humedales exige controles efectivos, sanciones proporcionales y una política pública que desaliente de manera real el uso del fuego como método de manejo territorial.

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