Buenos Aires: tres muertes en Pirovano reavivan la alarma por las fumigaciones y denuncian la falta de controles sobre los agrotóxicos

La muerte de una mujer y sus dos hijos adolescentes en una vivienda rural del partido de Bolívar abrió una investigación que también puso bajo la lupa las fumigaciones agrícolas en la zona. Naturaleza de Derechos presentó una denuncia penal para investigar posibles delitos de contaminación ambiental y el incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos. Además, denunció que una parcela vinculada con el caso no registra recetas agronómicas y advirtió sobre la falta de controles y las condiciones de vulnerabilidad de las familias rurales.
06/11/2026La Política AmbientalLa Política Ambiental

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La localidad de Pirovano, en el partido bonaerense de Bolívar, atraviesa una situación que volvió a poner en discusión los riesgos de las fumigaciones con agrotóxicos y la protección de quienes viven en zonas rurales. El 29 de octubre de 2026, una mujer y sus dos hijos adolescentes fueron encontrados sin vida en una vivienda ubicada en un establecimiento rural. La investigación por las circunstancias de sus muertes abrió nuevos interrogantes sobre la exposición a sustancias tóxicas y los controles estatales sobre las aplicaciones agrícolas.

Las víctimas fueron identificadas como Rosana Paola Camargo y sus hijos Oscar Alberto Velazco, de 17 años, y Santa Marta Velazco, de 15. Otros integrantes de la familia también resultaron afectados y necesitaron asistencia médica.

Las primeras hipótesis apuntaron a una intoxicación dentro de la vivienda. Entre las circunstancias investigadas se encuentran la utilización de un generador eléctrico y la combustión de marlos de maíz para calefaccionarse. Las autopsias fueron informadas como compatibles con una intoxicación por monóxido de carbono y otros tóxicos o sustancias químicas, cuya identificación requiere estudios complementarios.

Sin embargo, la investigación también comenzó a examinar una posible exposición a agrotóxicos utilizados en campos cercanos. Entre los elementos que despertaron preocupación se encuentra la posibilidad de que los marlos utilizados para generar calor provinieran de un lote que habría sido fumigado recientemente.

Esta hipótesis todavía debe ser comprobada mediante pericias. No existe, hasta el momento, una conclusión judicial que establezca que las fumigaciones hayan provocado las muertes. Pero las circunstancias del caso llevaron a organizaciones ambientales a reclamar que se investigue también la responsabilidad de quienes deben controlar estas actividades.

Cinco allanamientos y una máquina fumigadora secuestrada

La investigación judicial avanzó durante los primeros días de noviembre. El 4 de noviembre se realizaron cinco allanamientos simultáneos en Pirovano y Daireaux, en establecimientos rurales y domicilios particulares.

Durante los procedimientos se secuestraron teléfonos celulares, documentación y una máquina fumigadora que serán incorporados a la investigación.

La Fiscalía N.º 15 de Bolívar, a cargo de Julia María Sebastián, busca reconstruir las actividades agrícolas desarrolladas en los campos vinculados con el episodio, identificar a los responsables de las aplicaciones y determinar qué sustancias pudieron haber intervenido.

Uno de los puntos centrales es establecer si hubo fumigaciones en las inmediaciones de la vivienda, qué productos se utilizaron y bajo qué condiciones se realizaron.

La presencia de una fumigadora entre los elementos secuestrados no demuestra por sí misma que los agrotóxicos hayan causado las muertes. Sin embargo, confirma que las actividades de aplicación agrícola forman parte de las líneas que deben ser investigadas.

Una parcela sin recetas agronómicas y miles de aplicaciones bajo sospecha

El caso tomó una dimensión ambiental y judicial todavía mayor luego de que Naturaleza de Derechos, mediante el abogado ambientalista Fernando Cabaleiro, presentara una denuncia penal para investigar posibles delitos de contaminación ambiental y las responsabilidades de funcionarios públicos.

Uno de los elementos señalados por la organización surge del relevamiento del sistema oficial de recetas agronómicas del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires.

Según el análisis presentado por Naturaleza de Derechos, no se encontró ninguna receta agronómica registrada para la parcela rural 1137 B, vinculada con el lugar donde ocurrió la tragedia y respecto de la cual existen referencias sobre posibles aplicaciones de agrotóxicos.

Las recetas agronómicas son documentos fundamentales para el control de las fumigaciones. Permiten identificar los productos utilizados, las dosis, los establecimientos donde se realizan las aplicaciones y los profesionales responsables de prescribirlas.

La ausencia de registros para esa parcela plantea interrogantes sobre la legalidad de las posibles aplicaciones y la capacidad de las autoridades para fiscalizar lo que sucede en los campos.

Pero el relevamiento también expone un problema que excede el caso puntual.

De acuerdo con los datos recopilados por la organización, entre julio de 2018 y el 4 de noviembre de 2026 se registraron apenas 1.970 recetas agronómicas únicas en todo el partido de Bolívar.

La cifra resulta llamativa cuando se la compara con la dimensión de la actividad agrícola del distrito:

  • Durante 2025 se registraron 350 recetas agronómicas.

  • En 2026, hasta el 4 de noviembre, solamente 143.

  • El Censo Nacional Agropecuario de 2018 contabilizó 634 parcelas con oleaginosas y 560 con cereales.

Naturaleza de Derechos realizó además una estimación tomando exclusivamente las parcelas con oleaginosas y considerando cuatro aplicaciones por campaña. Con ese criterio, calculó que podrían existir alrededor de 2.536 tratamientos anuales.

La comparación no demuestra por sí sola que todas esas aplicaciones se hayan realizado sin autorización: para establecerlo es necesario contrastar las superficies efectivamente sembradas, las campañas agrícolas y las obligaciones de registración correspondientes. Sin embargo, la diferencia entre las recetas registradas y la actividad productiva estimada exige explicaciones de las autoridades.

¿Cuántas fumigaciones se realizan realmente en Bolívar? ¿Qué sustancias se utilizan? ¿Quién controla a los aplicadores y dónde quedan registradas las operaciones?

Son preguntas que el Municipio y el Ministerio de Desarrollo Agrario deben responder con información pública.

Familias rurales: vivir junto a los campos fumigados

Uno de los aspectos más preocupantes que expone el caso es la situación de las familias que viven en establecimientos agrícolas.

En numerosos campos de la provincia de Buenos Aires, trabajadores y trabajadoras rurales cumplen tareas productivas y también permanecen en los establecimientos como caseros o encargados del cuidado de las instalaciones.

Esto implica que muchas familias, incluidos niños y adolescentes, viven a pocos metros de superficies cultivadas donde se realizan aplicaciones de productos químicos.

En el caso de Pirovano, las imágenes difundidas de la vivienda y su entorno muestran la proximidad de los terrenos agrícolas. Esta situación vuelve indispensable investigar las condiciones de exposición de sus habitantes y las medidas de prevención existentes.

El problema no se limita a quienes trabajan directamente con las máquinas pulverizadoras. También alcanza a las personas que viven en los establecimientos, que pueden quedar expuestas a las aplicaciones sin tener capacidad de decidir cuándo se realizan, qué productos se utilizan o qué medidas de protección se adoptan.

La vulnerabilidad de estas familias también plantea interrogantes sobre las condiciones de vivienda, la protección laboral y el papel de los organismos encargados de garantizar sus derechos.

En ese contexto, resulta necesario examinar la responsabilidad de los empleadores y el rol de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) en la prevención de riesgos para quienes viven y trabajan en el campo.

El Municipio de Bolívar eliminó las distancias de protección

La denuncia por las fumigaciones en Pirovano también se relaciona con una modificación normativa impulsada por el Municipio de Bolívar.

En 2017, el distrito había aprobado la Ordenanza 2.459/2017, que establecía distancias de protección para las aplicaciones de agrotóxicos cerca de localidades, viviendas rurales, escuelas y fuentes de agua.

La normativa contemplaba una zona de exclusión de 1.000 metros para las fumigaciones terrestres, seguida de una franja de amortiguamiento de otros 1.000 metros, además de restricciones para las aplicaciones aéreas y protecciones específicas para establecimientos educativos y viviendas.

Sin embargo, en 2024 el Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza 2.999/2024, que suspendió artículos fundamentales de aquella regulación y modificó las condiciones de protección para las localidades del interior del partido.

De esta manera, poblaciones como Pirovano y Urdampilleta quedaron en una situación de mayor vulnerabilidad frente a las aplicaciones agrícolas.

La modificación estableció un sistema de avisos previos y mecanismos de control basados en buenas prácticas agropecuarias, pero las organizaciones ambientales cuestionan que esas disposiciones no ofrecen garantías equivalentes a las distancias de resguardo que existían anteriormente.

El Colectivo Tierra Viva de Bolívar cuestionó la decisión municipal y acudió a la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires para solicitar que se declare la inconstitucionalidad de la ordenanza.

La causa es conocida como González, Mónica Cristina y otros c/ Municipio de Bolívar, expediente I-80132.

Denuncia penal contra las fumigaciones y los funcionarios responsables

En este escenario, Naturaleza de Derechos presentó una denuncia penal para que se investiguen las posibles aplicaciones irregulares de agrotóxicos vinculadas con el caso de Pirovano y las responsabilidades de los organismos encargados de fiscalizarlas.

La presentación solicita investigar posibles delitos de contaminación ambiental, contemplados en los artículos 55 y 56 de la Ley Nacional 24.051 de Residuos Peligrosos, y de incumplimiento de los deberes de funcionario público, previsto en el artículo 248 del Código Penal.

Entre las medidas solicitadas se encuentran:

  • Identificar los productos químicos utilizados en los establecimientos rurales vinculados con el caso.

  • Reconstruir las aplicaciones realizadas en las inmediaciones de la vivienda.

  • Determinar quiénes fueron los responsables de las fumigaciones.

  • Investigar la ausencia de recetas agronómicas en los registros oficiales.

  • Examinar las actuaciones de los funcionarios municipales y provinciales encargados de fiscalizar la actividad.

  • Realizar estudios ambientales sobre los suelos y las fuentes de agua de la zona.

La denuncia también reclama medidas preventivas para evitar nuevas exposiciones de la población rural.

La investigación deberá determinar si existieron aplicaciones irregulares, contaminación ambiental u omisiones de control. También será necesario establecer qué organismos tenían competencia sobre cada una de las actividades denunciadas y qué actuaciones realizaron.

Pergamino: un antecedente judicial que vuelve a poner en discusión los controles

La presentación de Naturaleza de Derechos también recupera un antecedente importante: la causa por las fumigaciones en Pergamino, donde dos funcionarios municipales fueron condenados por incumplir sus obligaciones de fiscalización.

En 2026, el Tribunal Federal de Juicio N.º 2 de Rosario condenó a Mario Daniel Tocalini y Guillermo Nicolás Naranjo a dos años de prisión de ejecución condicional y cuatro años de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos.

La sentencia examinó las deficiencias en los controles municipales sobre las aplicaciones de agrotóxicos y desarrolló el concepto de control aparente: un sistema en el que existen procedimientos administrativos y actuaciones formales, pero no se garantiza una fiscalización efectiva.

El antecedente resulta relevante para Bolívar porque demuestra que las obligaciones estatales no se cumplen simplemente con tener oficinas, formularios o reglamentaciones. Las autoridades deben controlar efectivamente las actividades que pueden afectar la salud y el ambiente.

En Pergamino, además, la Justicia Federal había establecido restricciones preventivas de 1.095 metros para las fumigaciones terrestres y 3.000 metros para las aéreas.

La experiencia también incorporó estudios ambientales que registraron una disminución de principios activos detectados en muestras de agua después de la implementación de las restricciones judiciales.

La Suprema Corte bonaerense todavía debe resolver el reclamo de Tierra Viva

Mientras avanza la investigación penal, el Colectivo Tierra Viva reclama que la Suprema Corte bonaerense resuelva la demanda contra la Ordenanza 2.999/2024.

En agosto de 2025, el procurador general bonaerense, Julio Marcelo Conte Grand, dictaminó a favor de conceder parcialmente una medida cautelar para restablecer las barreras vegetales alrededor de las escuelas rurales.

Sin embargo, el planteo de la organización apunta a recuperar las protecciones territoriales que establecía la normativa de 2017 y que fueron suspendidas por el Municipio.

La presentación de Naturaleza de Derechos incorpora los acontecimientos de Pirovano como hechos nuevos y solicita que se restablezcan las distancias de exclusión para las fumigaciones aéreas y terrestres, además de implementar un programa de monitoreo ambiental durante un año.

La propuesta contempla cuatro campañas de muestreo, con intervención del Centro de Investigaciones del Medio Ambiente de la Universidad Nacional de La Plata y el CONICET, para analizar las condiciones ambientales de la zona.

El reclamo busca que la Justicia adopte medidas preventivas mientras se investigan las circunstancias de las tres muertes y las posibles irregularidades en las aplicaciones agrícolas.

Pirovano y una pregunta que el Estado todavía debe responder

La muerte de Rosana Paola Camargo y sus dos hijos conmocionó a Pirovano y expuso una realidad que atraviesa a numerosas comunidades rurales: vivir y trabajar en territorios donde las actividades agrícolas pueden desarrollarse a escasa distancia de las viviendas.

Las causas de los fallecimientos todavía deben establecerse mediante las pericias correspondientes. No se puede atribuir la tragedia a los agrotóxicos sin pruebas que acrediten esa relación. Pero tampoco se puede ignorar la necesidad de investigar las fumigaciones denunciadas, los productos utilizados y las condiciones en las que vivía la familia.

La falta de recetas agronómicas señalada por Naturaleza de Derechos, la modificación de las distancias de protección y los cuestionamientos sobre los controles municipales y provinciales configuran un problema ambiental que excede ampliamente a un solo establecimiento rural.

Mientras las organizaciones reclaman respuestas y medidas preventivas, las familias que viven en las zonas rurales necesitan garantías concretas para proteger su salud y su ambiente.

La tragedia de Pirovano vuelve a poner en evidencia una deuda del Estado con las poblaciones rurales: garantizar que el derecho a vivir en un ambiente sano también se respete para quienes habitan y trabajan en el campo.

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