La Pampa: la Justicia frenó el decreto de Milei que le quitaba la mitad de las regalías por Los Nihuiles

El Gobierno nacional había decidido que Mendoza se quedara con el 100% de las regalías del complejo hidroeléctrico Los Nihuiles, dejando a La Pampa sin la mitad de esos recursos. Ahora, la Justicia Federal de Santa Rosa suspendió provisoriamente esa medida y ordenó mantener el esquema anterior mientras continúa la disputa judicial.
17/09/2026La Política AmbientalLa Política Ambiental

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La decisión representa un nuevo revés judicial para una medida impulsada por el Gobierno de Javier Milei. El juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric, hizo lugar a una medida cautelar interina presentada por la provincia de La Pampa y suspendió los artículos 3° y 4° del Decreto 982/2026, firmado por Milei y el ministro de Economía, Luis Caputo.

Esos artículos habían dejado sin efecto el régimen que durante más de cinco décadas permitió repartir las regalías hidroeléctricas de Los Nihuiles entre Mendoza y La Pampa y establecieron que, desde ahora, la totalidad de esos recursos correspondiera a Mendoza.

Con la resolución judicial, La Pampa mantiene provisoriamente el derecho a percibir el 50% de las regalías, mientras continúa la discusión sobre el fondo del conflicto. La medida todavía no constituye una sentencia definitiva: el magistrado ordenó suspender la aplicación del decreto hasta resolver la cautelar solicitada por la provincia y pidió al Gobierno nacional que presente un informe en el plazo de tres días.

Milei había cambiado un reparto vigente desde 1973

El conflicto se desató el 11 de septiembre, cuando el Gobierno nacional publicó el Decreto 982/2026.

La norma dejó sin efecto el Decreto 1560/1973, que había establecido que las regalías correspondientes al complejo hidroeléctrico El Nihuil fueran liquidadas en partes iguales entre Mendoza y La Pampa.

meeMilei le quitó las regalías a la Pampa de la hidroeléctricas de Los Nihuiles y benefició a Mendoza en la histórica disputa por el río Atuel

Con el paso de los años, ese esquema quedó vinculado al régimen establecido por la Ley 15.336 y su modificación mediante la Ley 23.164, que elevó al 12% el porcentaje correspondiente a las regalías hidroeléctricas. Bajo el reparto que se aplicaba a Los Nihuiles, cada provincia recibía el equivalente al 6%.

El nuevo decreto de Milei cambió completamente esa distribución: estableció que las regalías generadas por el complejo correspondieran en su totalidad a Mendoza, argumentando que la fuente hidroeléctrica efectivamente aprovechada se encuentra íntegramente dentro del territorio mendocino.

La Pampa recurrió a la Justicia

El gobernador pampeano Sergio Ziliotto rechazó la decisión y llevó el conflicto a la Justicia.

La provincia argumentó que sus derechos no dependen únicamente del decreto de 1973. Uno de los principales elementos de su presentación es un acuerdo firmado en 1992 entre el Estado nacional, Mendoza y La Pampa, posteriormente aprobado por las legislaturas provinciales y homologado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Según el planteo pampeano, ese convenio reconoce el derecho de La Pampa a percibir las regalías de Los Nihuiles y establece obligaciones para Nación, Mendoza y quien resulte propietario del complejo hidroeléctrico.

Por eso, la provincia sostiene que el Gobierno nacional no podía modificar unilateralmente mediante un decreto un régimen respaldado también por un acuerdo entre distintas jurisdicciones.

La Justicia, por ahora, decidió frenar la aplicación de la nueva distribución.

Una decisión que contradice la resolución del Gobierno nacional

El contraste es directo.

El 11 de septiembre, Milei decidió mediante decreto que Mendoza cobrara el 100% de las regalías. El 16 de septiembre, el juez federal Juan José Baric suspendió provisoriamente esa decisión.

De esta manera, mientras avance el expediente judicial, el esquema anterior vuelve a tener vigencia para el cobro de las regalías.

La resolución judicial no determina todavía quién tiene definitivamente el derecho sobre esos recursos. Pero sí impide, por el momento, que el decreto presidencial produzca el efecto que buscaba: quitarle a La Pampa la mitad de las regalías generadas por Los Nihuiles.

El Atuel, detrás de una disputa que lleva décadas

El conflicto por las regalías no puede separarse de la histórica disputa entre La Pampa y Mendoza por el río Atuel.

El río atraviesa ambas provincias y su carácter interjurisdiccional fue reconocido por la Corte Suprema. La discusión por el agua lleva décadas y está relacionada con el impacto ambiental y territorial que La Pampa denuncia por la falta de escurrimiento hacia su territorio.

En 2020, la Corte Suprema fijó un caudal mínimo permanente de 3,2 metros cúbicos por segundo en el límite interprovincial y ordenó avanzar en las obras necesarias para alcanzarlo.

Para La Pampa, por lo tanto, Los Nihuiles no representan solamente una cuestión económica. El complejo hidroeléctrico utiliza las aguas del Atuel, un río que la provincia considera un recurso interjurisdiccional y cuyo manejo viene generando una disputa política, judicial y ambiental desde hace décadas.

Mendoza, en cambio, sostiene que una cosa es el carácter interprovincial del río y otra diferente es la ubicación de la fuente hidroeléctrica utilizada para generar electricidad. Esa interpretación fue uno de los fundamentos utilizados por el Gobierno nacional para justificar el cambio de las regalías.

Una disputa que también involucra la futura concesión

La pelea por las regalías ocurre además en medio del proceso para definir quién tendrá a futuro la concesión del complejo hidroeléctrico.

El Gobierno nacional convocó mediante el Decreto 667/2026 a una Licitación Pública Nacional e Internacional para otorgar la nueva concesión del Sistema Hidroeléctrico Los Nihuiles y avanzar con la venta de las acciones de Hidroelectricidad Mendocina S.A.

Por eso, la discusión sobre quién cobra las regalías no es un tema menor. La definición impacta directamente sobre las condiciones económicas bajo las cuales se proyecta la futura operación del complejo.

El propio Gobierno nacional justificó la modificación del régimen señalando la necesidad de establecer un criterio de distribución que otorgara certeza jurídica para el proceso de selección de los nuevos operadores.

Pero antes de que esa decisión pudiera consolidarse, la Justicia Federal de Santa Rosa intervino y frenó provisoriamente la aplicación de la norma.

La pelea continúa

La resolución de Baric no cierra el conflicto. Apenas abre un nuevo capítulo.

Por un lado, La Pampa mantiene provisoriamente el 50% de las regalías y sostiene que ese derecho está respaldado por normas, acuerdos interjurisdiccionales y antecedentes judiciales.

Por otro, Mendoza defiende que el 100% de las regalías debe corresponderle porque el aprovechamiento hidroeléctrico se encuentra dentro de su territorio. Esa posición también fue utilizada por el Gobierno nacional para fundamentar el Decreto 982/2026.

Además, existe una causa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación vinculada con el régimen de regalías, en la que La Pampa fue incorporada al proceso en agosto de 2026 debido a que sus derechos están directamente involucrados.

Así, una decisión que el Gobierno de Milei había presentado como la definición del régimen de regalías para Los Nihuiles terminó nuevamente en los tribunales.

Por ahora, la Justicia Federal de Santa Rosa puso un freno: Mendoza no puede quedarse con el 100% de las regalías mientras avance esta instancia judicial y La Pampa seguirá percibiendo el 50% bajo el esquema anterior.

El conflicto por el agua del Atuel, las regalías hidroeléctricas y el futuro de Los Nihuiles vuelve a demostrar que detrás de una represa no solamente existe una cuestión energética: también están en juego el agua, los recursos económicos de las provincias y el federalismo argentino.

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