
Buenos Aires: La Justicia confirmó contaminación masiva en el Río Paraná en San Nicolas
La Política Ambiental
El poder Judicial de Buenos Aires hizo lugar a un amparo ambiental contra la planta industrial de la empresa Atanor SCA, una de las tres productoras de herbicidas más importantes del mundo, por contaminar el río Paraná mediante vertidos “ilegales y sin autorización de residuos peligrosos” en la ciudad de San Nicolás.
Luego de una causa que lleva ocho años en la Justicia, la jueza de Ejecución Penal de San Nicolás Luciana Bancalari dictó una sentencia definitiva contra la planta industrial ubicada en pleno radio urbano de esa localidad bonaerense.
Fabián Maggi, abogado patrocinante de la Asociación Civil Foro Medio Ambiente de San Nicolás (Fomea) dijo que el fallo judicial es un “gran paso” tras tantos años de lucha y resaltó que ahora resta “establecer la responsabilidad penal por el daño causado en el ambiente y a la salud pública”.
El amparo ambiental fue interpuesto por Fomea en 2015 para denunciar la “masiva” contaminación del ambiente con agroquímicos y la “grave” afectación en la salud de los vecinos de esa localidad, puesto que la empresa se ubica en pleno ejido urbano.
Luego de ocho años de trámite judicial y la realización de numerosas pruebas que contaron con la intervención del Conicet, el Centro de Investigación del Medio Ambiente (CIM) de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) y la División de Delitos Ambientales de la Policía Federal, la jueza a cargo, Luciana Bancalari, determinó en su sentencia definitiva que “fue probado el marco de ilegalidad en el que funcionaba Atanor”.
Sostiene la jueza en su sentencia que quedó demostrado que la empresa Atanor volcaba sus efluentes líquidos al río Paraná, sin la debida autorización por parte de la Autoridad del Agua conforme surge de las actas de inspección.
En ese sentido, señaló que de la pericia del Conicet sobre muestras de agua de Atanor indica “la presencia de Atrazina con valores superiores a los permitidos para protección de la biota acuática en aguas superficiales, encuadrando dentro de la Ley 24.051 de residuos peligrosos, en particular en el grupo Y4 (Anexo I)”.
La pericia llega a la conclusión de que “Atanor SCA vuelca desechos peligrosos y tóxicos que degradan la calidad de agua del curso del río y afectan la biota acuática, todo ello considerando los Niveles Guías de Calidad de Agua de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación Argentina (2003) que establece el nivel guía de calidad para Atrazina en cursos de aguas superficiales”.
Bancalari sostuvo que “no puede perderse de vista que Atanor se encuentra situada en pleno radio urbano y que es una empresa que manipula productos peligrosos para la salud”.
Por ese motivo la magistrada condenó a la industria demandada a la inmediata puesta en funcionamiento de un mejoramiento del sistema de tratamiento de efluentes líquidos en el término de 20 días.
También los obliga a realizar una evaluación de riesgo ambiental en términos cuantitativo, un estudio de perturbación del suelo con intervención del Conicet y convocó a la Universidad Nacional de Entre Ríos a realizar un monitoreo de la calidad de aire en la población circundante incluyendo domicilios particulares, de los resultados que allí se obtengan se tomarán nuevas decisiones judiciales.
Finalmente, el poder Judicial de Buenos Aires prohibió definitivamente a la empresa Atanor continúe produciendo el insecticida “clorpirifos”, sustancia que se utiliza como insecticida y múltiples estudios han demostrado que causa daño neurológico en niños y niñas.
En ese sentido, la titular del juzgado de Ejecución Penal de San Nicolás, tuvo especialmente en cuenta la declaración testimonial de la reconocida genetista Delia Aiassa quien afirmó: “En nuestra experiencia lo que hemos probado en animales y células humanas expuestas han sido glifosato, cipermetrina y trifluralina y hemos encontrado que en animales o seres humanos, esos químicos causan un daño en el material genético que se transforman en mediano o largo plazo como problemas adversos en la salud”.
La intervención del Conicet fue crucial en la decisión final de la causa como indica la sentencia judicial textualmente: “El perito ingeniero Porta dictaminó en su pericia que los hallazgos efectuados en el marco del expediente federal acreditan que diversos sectores de la planta industrial presentan elevados índices de contaminación en suelo”.
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Fuente: elciudadanoweb.com
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