Mendoza: Presentan un recurso para frenar la caza de pumas en la Patagonia

Fundación Cullunche y un abogado presentaron una acción de amparo colectiva para que en Río Negro, Chubut y Santa Cruz se prohiba la caza de pumas y zorros colorados. En nuestra provincia son especies protegidas pero en esas provincias se paga hasta 7.000 pesos por ejemplar cazado.

ACTUALIDAD01/09/2023La Política AmbientalLa Política Ambiental
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Desde Mendoza presentan recurso para frenar la caza de pumas en la Patagonia: por qué es legal y cuánto pagan. Foto: Gentileza Fundación Cullunche

“En Mendoza, si matás a un puma, la multa es altísima y hasta podés ir preso. En la Patagonia, si matás a un puma, además te premian con plata. No tiene ningún sentido”. La frase -pronunciada con énfasis y dejos de indignación- es del abogado Guillermo Hernández, uno de los impulsores de una acción de amparo presentada en la Corte Suprema de la Nación el viernes 25 de agosto. Con este pedido, lo que buscan lograr es que se frene la caza autorizada de pumas y zorros colorados en las provincias de Río Negro, Chubut y Santa Cruz.

“Es una ley que nos afecta a nosotros también, ya que el puma se va desplazando por todo el territorio nacional. Por esto mismo es que desde Mendoza presentamos el pedido para que se frene la caza y se deje de premiar por puma muerto”, agrega a su turno la presidenta de la Fundación Cullunche, Jennifer Ibarra, otra de las firmantes en la acción de amparo colectiva ambiental.

Y es que, mientras que en Mendoza y otras provincias el puma es un ejemplar protegido por las leyes de fauna silvestre, en las 3 provincias patagónicas mencionadas las autoridades han llegado a considerarlo plaga. A tal punto de que se fomenta la caza de ejemplares de pumas y zorros, llegando a pagar hasta 7.000 pesos por el “cuero” de puma.

Al igual que ocurre con el guanaco en estas 3 provincias -donde la producción ganadera ovina y caprina tiene una presencia por demás marcada-, el puma y el zorro son considerados plagas. Porque su creciente presencia afecta a la producción de los animales de ganado, no solo llegando compartir hábitat, sino convirtiéndose los carnívoros en predadores de los herbívoros.

Ante esta realidad, hace más de 50 años (en Río Negro) y de 20 años (en Chubut y Santa Cruz) que hay programas de incentivo por parte de las autoridades para fomentar la caza de pumas y zorros. Por cuero de puma, según se lee en recibos que han recibido los propios cazadores, se paga hasta 7.000 pesos. En tanto, por la piel de zorro colorado -según las constancias- se llegan a pagar entre 1.000 y 2.000 pesos.

“Está comprobado, mediante estudios, que matar pumas para evitar daño al ganado no sirve, y parece que los únicos que no lo entienden son los gobernantes y funcionarios de estas provincias”, agregó Ibarra.

Desde hace 14 años, cada 30 de agosto se conmemora el Día Internacional del Puma. La fecha tiene que ver con que el 30 de agosto de 2009, un incendio -que se inició por negligencia humana- puso en peligro la vida de los pumas en la provincia de Córdoba. Este episodio llevó a que una gran cantidad de ejemplares estuvieran al borde de la muerte. Pero la rápida y oportuna intervención del equipo de la ONG Pumakawa permitió salvar a todos los ejemplares. Desde entonces se fijó el 30 de agosto como Día Internacional del Puma, con el objetivo de resaltar y concientizar sobre la importancia de este felino en los ecosistemas y en la fauna salvaje.

LA PATAGONIA REBELDE
Según destacó el abogado Hernández, a contramano de lo que ocurre en todo el país, en Río Negro, Chubut y Santa Cruz se fomenta la matanza de los pumas y de los zorros colorados, dos especies autóctonas.

“Este impulso se da en base a las declaraciones de los productores de ganado de la zona, principalmente ovino. El asunto es que esta autorización a matar, que -además- incluye incentivos económicos va en contramano también de toda la legislación nacional y de la mismísima Constitución Nacional”, agrega el abogado.

En ese sentido, y según resaltan sus impulsores, el amparo presentado ante la Corte de la Nación está basado en los derechos colectivos del artículo 43 de la Constitución Nacional y en la protección ambiental de un recurso interjurisdiccional, entre los que se destacan ejemplares de la fauna silvestre autóctona como son el puma y el zorro colorado.

En ese sentido, consideran que tales animales son especies que habitan, deambulan y se trasladan desde diversos espacios, que corresponden a distintas provincias y hasta países (en este caso, jurisdicciones de Argentina y Chile).

“Estamos ante la defensa de un bien jurídico colectivo y el pedido de aplicación de leyes y tratados que no se aplican y que se contraponen con las leyes provinciales. En esta demanda, el objetivo esencial es la de disponer el cese de un daño ambiental causado a un bien colectivo como es la fauna autóctona, con entidad y relevancia, como es la de autorizar la caza indiscriminada, la destrucción de sus hábitats, todo ello sin el más mínimo contralor de las autoridades provinciales, en lo que advierte una flagrante contradicción con las normas constitucionales, pactos internacionales, normas nacionales y hasta de las mismas normas provinciales en discusión”, se explayó el abogado Hernández.

Además, en el escrito, el letrado y la presidenta de Cullunche citan a la Ley de Ambiente (25.675) y a la facultad que ofrece a cualquier persona para “solicitar, mediante acción de amparo, la cesación de actividades generadoras de daño ambiental colectivo”.

“Por esto mismo se requiere el cese de actividades generadoras de daño ambiental, como es la caza indiscriminada y sin control de ejemplares de la fauna autóctona salvaje, como son los pumas y los zorros, como la destrucción de sus hábitats y biomas conexos”, agregó Hernández.

De hacerse lugar al pedido y prosperar -la presentación incluye, además, una demanda contra el Estado Nacional y las tres provincias-, se debería disponer la suspensión de la autorización de la caza del puma y del zorro colorado, así como también dejar sin efecto el incentivo de pagar por la piel de ambos ejemplares muertos.

“Una autorización de este tipo es propia de la época de los militares. En la Patagonia consideran al puma plaga y causal de afectación de la cría del ganado. Pero, en realidad, no tiene ningún fundamento. En esas zonas, el ganado se pierde por la sequía, por las nevadas o por las jaurías de perros salvajes, no por el puma”, concluye.

FALTA DE CONTROLES
Por su parte, la presidenta de Cullunche, Jennifer Ibarra, destacó que ha sido la explotación y sobrepoblación del suelo fértil por parte de los propios ganaderos lo que ha ido llevando a la pérdida de producción, precisamente al contar cada vez con menos espacio para la proliferación del ganado ovino y caprino.

“Cuando el puma existe, todo el ecosistema hacia abajo está sano. Pero si matás al predador base, alterás todo. En los últimos años se han ido cerrando muchos establecimientos ganaderos por la sequía, y el puma va avanzando. Pero la razón está en que son campos deteriorados por tantos años de presencia de cabras y ovejas, y se reduce la tierra”, resalta a su turno Ibarra.

La veterinaria agrega, además, en que hay una serie de pautas y reglas que deben cumplirse en estas provincias patagónicas y que no se tienen en cuenta.

“Nos enoja que ellos mismos no cumplen con sus leyes; no hacen estudios de factibilidad ni de relevamiento. La forma dispuesta como modo de ‘controlar’ el accionar de los pumas y zorros colorados respecto a la producción ganadera es autorizando la cacería y entrampamiento con cualquier tipo de técnica (algunas hasta con cebos tóxicos o venenosos), sin ningún tipo de estudios ambientales previos. Ello no resiste el menor análisis y no puede ser admitido por esta Corte Suprema de Justicia de la Nación”, se explaya Ibarra.

Además, destaca que cualquier tipo de disposición que autorice métodos cruentos o incruentos (pero mortales) y que no establezca métodos científicos de estudios interdisciplinarios en el que se demuestre en forma real que dichas especies de carnívoros autóctonos son dañinas, es absolutamente inconstitucional e ilegal y, por ende arbitrario e ilegítimo, como así también cruel hacia los animales.

Fuente: losandes

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