Proyecto de Ley para Agravar las Sanciones Penales por Delitos contra Especies Protegidas como Monumento Natural Nacional
11/05/2025

Un nuevo proyecto de ley ha ingresado a la Cámara de Diputados con el objetivo de agravar las sanciones penales a quienes cometan delitos contra animales declarados Monumento Natural Nacional. La propuesta, presentada por el diputado nacional Damián Arabia, busca modificar la Ley N° 22.421 de Conservación de la Fauna, incorporando un nuevo artículo 25 bis que establece penas de prisión de entre cuatro y ocho años y inhabilitación especial por hasta diez años para quienes atenten contra estas especies, consideradas vitales para la biodiversidad del país.
Contexto y Justificación
Este proyecto legislativo surge a raíz de un trágico acontecimiento ocurrido en julio de 2024 en Estanislao del Campo, Formosa, donde se perpetró la caza ilegal de un yaguareté, una especie que se encuentra entre las más amenazadas del país. El ejemplar asesinado formaba parte de los pocos individuos monitoreados como parte del corredor de conservación en el departamento Patiño. La pérdida de este animal representa un duro golpe para la población de yaguaretés, que actualmente es de apenas 250 ejemplares en todo el país, con tan solo 20 en la región chaqueña.
El yaguareté, declarado Monumento Natural Nacional por la Ley N° 25.463 en 2001, desempeña un papel fundamental en el equilibrio ecológico de los ecosistemas y su caza no solo constituye un crimen contra la fauna, sino también un ataque a la salud ambiental de la región. A raíz de este y otros casos de caza ilegal, se hace urgente una modificación de la legislación para reflejar la gravedad de los daños ocasionados.
Modificación de la Ley N° 22.421
El nuevo artículo propuesto, el artículo 25 bis, establece penas más severas para aquellos que atenten contra las especies consideradas Monumento Natural Nacional. La iniciativa busca reforzar la eficacia disuasoria de las sanciones y proteger de manera específica y diferenciada el patrimonio natural del país.
Actualmente, cuatro especies están protegidas bajo esta figura legal:
Yaguareté (Panthera onca).
Ballena franca austral (Eubalaena australis).
Huemul (Hippocamelus bisulcus).
Taruca (Hippocamelus antisensis).
Estas especies tienen un estatus de protección absoluta bajo la Ley N° 22.351 de Parques Nacionales, que las considera inviolables, lo que implica que cualquier acto en contra de ellas es un delito grave.
Impacto del Proyecto
La nueva tipificación del delito con penas no excarcelables tiene como principal objetivo enviar un mensaje claro: la protección de estas especies debe ser una prioridad nacional. El proyecto fue diseñado en consulta con la Administración de Parques Nacionales, autoridad encargada de la protección de estas especies, y también contó con la colaboración del Proyecto Yaguareté (CeIBA-CONICET), que realiza un monitoreo constante de la especie en el norte argentino.
El proyecto ya fue girado al Poder Ejecutivo para su evaluación y tratamiento parlamentario, con la esperanza de que la legislación sea aprobada rápidamente para evitar más casos de caza ilegal y garantizar la conservación de estas especies emblemáticas.
Un Paso Importante hacia la Conservación
Este proyecto no solo responde a la necesidad urgente de proteger a los animales más emblemáticos de la fauna nacional, sino que también refleja el compromiso de las autoridades políticas y sociales para hacer frente a la crisis ambiental que enfrenta el país. La protección de especies como el yaguareté es esencial para mantener el equilibrio ecológico y la salud de los ecosistemas de Argentina.
En conclusión, el proyecto de ley presentado busca asegurar que el patrimonio natural del país esté protegido mediante sanciones más severas y efectivas, actuando como un frenos para aquellos que atenten contra la biodiversidad de Argentina. La iniciativa también resalta la importancia de fortalecer las políticas de conservación y de actuar con celeridad ante las amenazas que enfrentan estas especies.

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