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La Corte Suprema de Justicia a favor de fumigar alrededor de las escuelas rurales

El rechazo de la queja presentada por organizaciones ambientale, habilita a fumigara a 100 y 500 metros de distancia de Escuelas Rurales de Entre Ríos

ACTUALIDAD 01/03/2023 La Política Ambiental La Política Ambiental
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El máximo tribunal de la Nación rechazó la queja con cual acudió el Foro Ecologista Paraná y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) por la resolución del Ejecutivo que acorta la distancia para las pulverizaciones con agroquímicos alrededor de las escuelas rurales. La entidad ambiental y la gremial llegaron a la Corte Suprema a raíz que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos les negó un recurso extraordinario por revocar un fallo de primera instancia. Antes, precisamente, las organizaciones habían logrado en un amparo en cual un juzgado anterior estableció distancias para las aspersiones de hasta 3.000 (aéreas) y 1.000 metros (terrestres) de los establecimientos educativos, pero luego el STJ las desechó, validando que sean hasta los 100 y 500 metros respectivamente, tal como lo fijó el decreto Nº 2.239/19. Los supremos señalaron que era “inadmisible” revisar la cuestión, según señala el escrito al que accedió ERA Verde, por lo cual el caso no ameritaba ser tratado. Un amplio abanico de entidades socio ambientales repudió la decisión de la Corte y alertó sobre la vulneración de los derechos humanos y “la protección de niñas y niños expuestos a diario a fumigaciones”. Ahora se baraja la posibilidad de acudir a tribunales internacionales.

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 Este 28 de febrero se conoció la decisión del Suprema Corte de Justicia de la Nación (CSJN) en la cual denegó la queja del Foro Ecologista y Agmer ante una decisión del STJ que le había denegado una apelación a un fallo que revirtió una de primera instancia donde se establecían medidas precautorias para las pulverizaciones con agrotóxicos en cercanía de los establecimientos educativos entrerrianos. Las entidades habían denunciado el daño genético en los escolares y docenes de áreas rurales.

Este largo derrotero judicial se inició el 22 agosto de 2018, a partir de un amparo donde las entidades exigieron medidas “urgentes” para proteger a las niñas y los niños que van al colegio y se ven expuestos a los venenos utilizados en la actividad agrícola. La presentación ingresó en la Cámara Civil, Sala Segunda, y quedó en manos del vocal Oscar Daniel Benedetto. El magistrado admitió parcialmente el pedido, pero en el núcleo ordenó el cese de “fumigaciones terrestres con agrotóxicos en un radio de mil metros (1.000 mts) alrededor de todas las escuelas rurales de la Provincia de Entre Ríos, y la fumigación aérea con iguales pesticidas en un radio de tres mil metros (3.000 mts) alrededor de dichos establecimientos educativos”.

 Luego del fallo de Benedetto, le siguieron dos decretos del Ejecutivo. El primero, el Nº 4.407/18, que tuvo una vida efímera porque fue declarado nulo. A este le siguió otro, el Nº 2.239/19, que establecía límites menores para las fumigaciones, de 100 metros para las terrestres y 500 metros para las aéreas alrededor de los establecimientos educativos. Esta normativa fue impugnada en la Justicia y del vocal de Cámara Virgilio Alejandro Galanti, lo declaró nulo por inconstitucional. El mismo juez concedió una apelación del Ejecutivo provincial el 28 de septiembre de 2019, y el caso pasó al Superior Tribunal de Justicia. El 28 de octubre de ese año, el STJ confirmó los 100 y 500 metros, con la salvedad que debían de medirse por una “zona de exclusión” que creaba el decreto.

Así las cosas, el Foro y Agmer pidieron un recurso extraordinario, que el Superior Tribunal negó en febrero de 2020, y por el cual se inició el farragoso camino al máximo tribunal de la Nación. Hoy trascendió finalmente que la Corte desestimó la “presentación directa” ante un pedido de revisar la negativa del STJ aduciendo una cuestión técnica establecida en el artículo 208º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, dice escuetamente la notificación conocida por ERA Verde.

DERECHOS VULNERADOS

 

Al conocerse la noticia, distintas organizaciones sociales y ambientales dieron a conocer un comunicado donde rechazaron la postura de la Corte Suprema. En el escrito recodaron que la medida cautelar solicitada ya contaba con fallos a favor en primera y segunda instancia entre sus idas y vuelta, pero que algunos cambios pocos claro en la composición del STJ a la hora de intervenir desencadenaron en la decisión de ir a la Corte que, con los resultados ahora conocidos, la idea es insistir en tribunales internacionales, según trascendió.

 En cuanto a los argumentos de los supremos, se indicó que la Corte “luego de mantener la causa en sus estrados por el lapso de 4 años, dictamino en cinco renglones aplicando el artículo 280º, sin dar ningún tratamiento a la causa”. El mismo refiere a que “según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”, se alude. “Su sana critica, le significo 4 años de trabajo, para poder razonar que una causa que protegía a miles de niños y niñas que acuden a 1.021 escuela rurales en la Provincia de Entre Ríos era insustancial e intrascendente. Hoy quienes comunicamos esta decisión queremos poner en debate público que mientras se plantea levar a juicio político a la CSJN por cuestiones relativas a condenas penales funcionario Políticos, merece dar atención y cuestionarla también por tratar de intrascendente la protección de niñas y niños expuestos a diario a fumigaciones con sustancias que afectan gravemente su salud”, afirmaron.

Desde el colectivo de organizaciones y la Coordinadora Basta es Basta se insistió que en la causa solo se “solicitaba que se mantengan distancias de fumigaciones de las vidas de niños y niñas, donde no se pretendía la prohibición de ninguna actividad, solo la limitación protectoria, le llevo 4 largos y tristes años para caer en un denigrante resolutorio, sin un mínimo fundamento”.

 Y apuntaron: “Estamos ante Derechos Humanos y ante niños, niños que deambulaban por pasillos de hospitales públicos para paliar sus canceres y leucemias, niños a los que les pesan sus dolores y sufrimientos, por el solo hecho de haber sido expuestos a sustancias químicas cuando acudían a la escuela a educarse, a jugar, a merendar, a socializar, a cantar, a correr, a pintar, hasta a soñar. Esos intereses superiores de niños silenciados no merecieron, ni siquiera la premura de esta CSJN para al en al menos dictar esa sentencia de formulario en días, en meses, pero no, se merecieron la espera de años. Esos 4 años en los que la causa se alojó en alegóricos escritorios con mucho aire acondicionada, calefacción y buenos perfumes, implicaron que los niños que fueron analizados y a los que se le encontró atrazina, glifosato, endosulfan en su sangre, deban seguir expuestos a las mismas sustancias y que su daño genético sea mayor y no sea detenido para evitar su avance o enfermedades cancerígenas”, detallaron.

Finalmente las organizaciones señalaron: “Hoy comunicamos por los niños y niñas, lo mínimo que podríamos hacer como seres humanos, lo hacemos por esos  cuerpos pequeños silenciados, que no se escuchan en los grandes medios, ni en la Comisión de juicio Político, ni en las conferencias de prensa, esos; las niñas y los niños, hoy  quedaron al margen de  dignidad misma del ser humano  y le recuerdan a esta CSJN que la prevalencia del interés superior del niño está en el preámbulo de la Convención sobre los Derechos del Niño, el que establece que éste requiere ‘cuidados especiales’, y el artículo 19 de la Convención Americana señala que debe recibir ‘medidas especiales de protección’” , pero a la fecha es nada más que algo redactado, sin que los que acuden a las escuelas rurales a formarse lo puedan poseer. Por esas pequeñas voces esta causa no se detiene, y hoy más que nunca nos fortalece y nos prepara para seguir ante cada uno de los organismos internacionales de justicia que existan. No claudicamos… reflorecemos”, adelantaron.

De la Redacción de ERA Verde

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