Tucumán: confirmaron el procesamiento de la representante de un frigorífico por verter afluentes en la cuenca Salí-Dulce
ACTUALIDAD30/10/2023La Política Ambiental
Los peritos establecieron que los valores de concentración para los metales plomo y cobre excedían diez veces los niveles guía admitidos para la calidad de agua.
La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, por mayoría, rechazó el recurso interpuesto por la defensa de la presidenta de una cooperativa de trabajadores que opera un frigorífico sobre la banda del río Salí-Dulce, en esa provincia.
De este modo, las y los camaristas Marina Cossio, Marcela Moltini, Ricardo Sanjuan y Mario Rodolfo Leal -quien votó en disidencia- confirmaron el procesamiento sin prisión y el embargo de 2 millones de pesos sobre sus bienes, por considerarla autora del delito de contaminación de aguas de un modo peligroso para la salud, previsto en el artículo 55 de la Ley 24.051, de Residuos Peligrosos, que había sido dispuesto por el Juzgado Federal N°2 de esa ciudad. En la instancia intervino el fiscal general Antonio Gustavo Gómez, quien postuló el rechazo de la presentación de la defensa de la mujer.
La investigación se originó en febrero de 2017 por la denuncia anónima presentada por una vecina de la zona ante la delegación local de la Policía Federal Argentina. En ella daba cuenta que sobre la costanera de la ciudad de La Banda del Río Salí funcionaba un matadero cuyos residuos contaminantes eran vertidos sin tratamiento al curso de agua.
La denuncia recayó en el Juzgado Federal N°2 de Tucumán, que delegó la investigación en la Fiscalía Federal N°1, a cargo de Carlos Alfredo Brito. El fiscal encomendó al personal policial una serie de medidas, que incluyeron la entrevista con las y los residentes del lugar. En la pesquisa se observó la existencia de un tubo de desagüe que recorría la calle, de forma subterránea, desde el matadero hasta el río Salí, por el cual se vertían efluentes líquidos de color rojo, con olor a carne en proceso de descomposición y desperdicios de animales.
Los peritos establecieron que los valores de concentración para los metales plomo y cobre, presentes en la cámara, aguas arriba y aguas abajo, excedían diez veces los niveles guía admitidos para la calidad de agua para protección de vida acuática, de acuerdo con la Ley de Residuos Peligrosos.
Fuente: Comercio y Justicia