
Catamarca: Histórico Fallo Ambiental, la Corte de Justicia Provincial Ordenó Suspender la Actividad Minera de Litio
La Política Ambiental
Un fallo de la Corte Suprema de Catamarca ordenó a la provincia la suspensión total de la actividad en una mina de litio conocida como Salar del Hombre Muerto. A su vez, ordenó que se ponga en marcha un nuevo estudio de impacto ambiental de la actividad extractiva, a instancias de una acción de amparo promovida por miembros de una comunidad originaria. Fue luego de constatar que por la actividad minera se secó un río.
El fallo llegó luego de años de un proceso judicial iniciado a instancias del cacique Román Elías Guitián, representante de la comunidad Atacameños.
Y ante ese reclamo, el tribunal le ordenó a la provincia que suspenda las normativas que habilitaron los proyectos mineros Fenix y Sal de Vida, que las empresas Livent y Galaxi Lithium explotaban en la zona conocida como Salar del Hombre Muerto. Pero la medida es extensiva: prohíbe nuevos otorgamientos de proyectos que estén situados en la subcuenca homónima, que comparten Salta y Catamarca.
La demanda inicial fue por daño ambiental en la zona de la mina, algo que fue ponderado en el voto mayoritario de los jueces Miguel Figueroa Vicario, Fabiana Edith Gómez, Rita Verónica Saldaño, Néstor Hernán Martel y Marcela Isabel Soria Acuña.
En ese aspecto, marcaron que está constatado el daño ambiental en el río Trapiche, lo que "surge por las autorizaciones concedidas a la minera proyecto Fénix para construir una represa de agua para captar agua del Río Trapiche y utilizarla en su producción".
Los argumentos de la Corte
Para la Corte catamarqueña, "existe alteración del mismo y del ecosistema de la zona por la inexistencia de cauce de agua, debido a su sequía como consecuencia directa del desarrollo de la actividad minera y que se encuentra en proceso de restauración, informe brindado por la Dirección Provincial de Gestión Ambiental Minera".
La Justicia detectó la existencia de otros proyectos mineros ubicados en la cuenca del río Los Patos, que también tendrían irregularidades.
"Todos los proyectos mineros, en sus diferentes etapas, inciden sobre la misma zona, y no se advierten acciones tendientes al estudio de impacto ambiental de forma integral y acumulativa, como lo exige a modo de presupuesto mínimo la materia ambiental, a fin de poder conocer la situación real y potencialmente riesgosas o dañina", dice el fallo.
Se trata de un fallo de suma importancia, puesto que afecta los intereses económicos de una actividad extractiva concentrada en un recurso clave como es el litio. Ahora, el gobierno y las empresas deberán trabajar en los estudios de impacto ambiental para que se defina si la actividad puede o no continuar su desarrollo.
Lee aca el fallo completo: SI Nº 008, Guitian, Román - Amparo Ambiental.pdf
Fuente: Perfil


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