Entre Ríos: la Fiscalía de Estado defiende la constitucionalidad de fumigar con drones a 10 metros de viviendas

ACTUALIDAD11/11/2025La Política AmbientalLa Política Ambiental
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foto: elsemiarido

La disputa judicial por las fumigaciones rurales en cercanías de viviendas volvió a encender el debate ambiental y sanitario en Entre Ríos. En el marco de un amparo ambiental presentado por una familia de Aldea Salto, el Estado provincial defendió la nueva Ley Nº 11.178 de “Buenas Prácticas Fitosanitarias”, aprobada a fines de 2024, cuestionada por permitir aplicaciones con agrotóxicos —incluso mediante drones— a distancias consideradas insuficientes por vecinos y organizaciones socioambientales.

La causa, que se tramita ante la vocal de Cámara en lo Contencioso Administrativo de Paraná, Adriana Acevedo, busca declarar la inconstitucionalidad de los artículos 63º y 66º de la normativa. Según los demandantes, estos artículos vulneran derechos fundamentales como el acceso a un ambiente sano, la salud y la protección de niñas, niños y adolescentes, además de incumplir con el principio de progresividad ambiental.

La demanda y las distancias en disputa

El amparo fue impulsado por Gerardo Gareis, vecino de Aldea Salto, quien denunció las fumigaciones con agroquímicos que se realizan en campos lindantes a su vivienda. En la presentación, acompañada por estudios médicos que muestran daños genotóxicos crónicos en su hija de 12 años, la familia solicitó una restricción total de fumigaciones terrestres en un radio de al menos 1.000 metros y aéreas —incluyendo drones o Vehículos Aéreos No Tripulados (VANT)— a más de 3.000 metros.

Sin embargo, la Ley 11.178 establece márgenes mucho más reducidos: apenas entre 10 y 30 metros de zonas habitadas para las aplicaciones con drones, y entre 15 y 45 metros para fumigaciones cercanas a escuelas, dependiendo de la toxicidad del producto.

Audiencia y medida cautelar

Este viernes 7 de noviembre se realizó una audiencia de conciliación en los Tribunales de Paraná. Allí, la jueza Acevedo mantuvo vigente una medida cautelar que prohíbe fumigar con drones alrededor de la vivienda afectada, pero abrió un período de prueba para analizar los planteos de fondo y recibir aportes técnicos, médicos y científicos.

Durante la instancia, el fiscal de Estado Adjunto de Entre Ríos, Martín Rettore Elena, defendió la validez de la norma provincial y afirmó que las distancias fijadas están “adecuadamente fundadas en informes técnicos y científicos”.

La posición de la Fiscalía de Estado

“El debate sobre las distancias fue largamente discutido en la Legislatura. La ley se sancionó luego de un trabajo profundo para lograr consensos entre la producción agrícola y la protección ambiental. Entendemos que está debidamente fundada y que no corresponde declarar su inconstitucionalidad”, sostuvo Rettore Elena tras la audiencia.

El funcionario remarcó que la tacha de inconstitucionalidad “es la sanción más grave que puede aplicarse sobre una norma” y señaló que el texto legal fue elaborado “con estudios técnicos sólidos de profesionales en salud, agronomía y biología”.

Para la Fiscalía, la cuestión central no pasa por la utilización de drones, sino por la distancia de aplicación: “Los VANT están contemplados en la ley, aunque su reglamentación operativa todavía no fue dictada. No están prohibidos, pero sí regulados dentro de un marco técnico que busca compatibilizar el trabajo agrícola con la seguridad ambiental”, explicó.

Una ley entre la producción y el ambiente

La norma fue celebrada por el sector agropecuario como un paso hacia la “seguridad jurídica” en las prácticas de fumigación, pero criticada por organizaciones ambientales que la consideran un retroceso. Estas sostienen que las distancias mínimas establecidas son insuficientes para evitar el impacto de los agrotóxicos sobre las familias rurales y las escuelas de la provincia.

El expediente judicial continuará con una etapa de recolección de pruebas y peritajes antes de que la jueza Acevedo emita una sentencia definitiva. Mientras tanto, la medida cautelar que prohíbe fumigar con drones cerca de la vivienda de Aldea Salto seguirá vigente.

El fallo que finalmente emita la Justicia entrerriana podría marcar un precedente clave: definir si las distancias establecidas por la Ley 11.178 priorizan la producción agrícola o el derecho a la salud y al ambiente sano de las comunidades rurales.

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