
Una Buena: Tras la polémica, anularon la disposición que permitía la caza deportiva de carpinchos en Corrientes
Región Litoral14/05/2022
La Política Ambiental
La información de que en Corrientes permitían la cacería de los carpinchos causó hoy un revuelo en las redes sociales y el repudio fue generalizado. Es la segunda vez que la Dirección de Recursos Naturales de la provincia intentó imponer la normativa. Y una vez más, el reclamo popular pudo más y logró que el Gobierno Provincial anulará de inmediato la disposición.
El roedor más grande del mundo fue nuevamente el blanco de la polémica. Esta mañana, la especie estaba incluida en una lista dispuesta por el director de Recursos Naturales, Agustín Portela, sobre los animales sobre los que estaba permitida la caza deportiva.
Ya en noviembre del año pasado, una disposición similar derivó en que el anterior titular del área fuera removido de su cargo.
La oleada de críticas no se hizo esperar e incluyó a influencers y personalidades de distintos ámbitos repudiando la medida. Más aún, teniendo en cuenta que estos animales fueron uno de los grandes protagonistas de las movilizaciones solidarias cuando los incendios forestales afectaron la provincia hace menos de tres meses.
MARCHA ATRÁS
Durante la tarde de hoy, llegó la respuesta que exigían en las redes. “Anulan la disposición del director de recursos naturales. No se autoriza la caza de carpinchos en Corrientes”, informa el comunicado. Y, a continuación detalla:
“El ministro de Turismo de Corrientes, Sebastián Slobayen, comunicó que el gobernador Gustavo Valdés, decidió anular, este viernes, en todos sus efectos la Disposición Nº 245 del director de Recursos Naturales, Agustín Portela, que autorizaba la cacería de diversas especies, entre ellas el carpincho.
“La Dirección de Recursos Naturales, a través de la Disposición Nº 245, habilitaba “la caza deportiva menor y mayor en todo el territorio de la Provincia de Corrientes, incluidos Cotos de Caza habilitados 2022, exceptuándose las áreas de reserva y/o protegidas, a partir de la publicación del presente y hasta la hora 24:00 del 31 de agosto de 2.022.
“La misma permitía ser objeto de caza deportiva las aves (palomas domésticas, picazuró, palomas manchadas, torcaza, todas las especies de patos, a excepción del Real o Criollo y el Crestudo, y pacaa), y mamíferos (liebre europea, antílope negro, chancho salvaje, ciervo axis, ciervo colorado y carpincho)”.


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