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'La Corte Suprema y los Incendios en las Islas.'

¿Qué nos dice la CSJN respecto de los Incendios en las Islas del Delta?

INCENDIOS FORESTALES 11/08/2022 La Política Ambiental La Política Ambiental
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La Universidad Nacional de Rosario desde su Observatorio Ambiental nos cuenta a LPA. Fotos de la Marcha Histórica en Rosario.

Por Matias N. De Bueno, Director Observatorio Ambiental - UNR

El 11 de agosto de 2020, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una importante resolución adoptando una medida cautelar en respuesta a una Acción de Amparo Ambiental promovida por la “Asociación Civil, Equística Defensa del Medio Ambiente” contra la Municipalidad de Rosario, la Provincia de Santa Fe, la Municipalidad de Victoria, la Provincia de Entre Ríos, y el Estado Nacional.

La Corte se valió de un estudio realizado por el Observatorio Ambiental-UNR sobre la calidad de aire, estableciendo que la quema indiscriminada en los humedales del Delta, produce afección a la salud, en especial de los habitantes de la ciudad de Rosario, además los focos de incendio generados en las islas de Entre Ríos frente a Rosario, superaron en cinco veces el valor permitido por normativa.

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Para dar solución a estos graves problemas la Corte dispuso que las Provincias de Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires, y los Municipios de Victoria y Rosario, constituyan, de manera inmediata, un Comité de Emergencia Ambiental con el objeto de adoptar medidas eficaces para la prevención, control, y cesación de los incendios irregulares utilizando como base el, "Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná"(PIECAS-DP).El Estado nacional, las provincias y municipios mencionados cuentan con un plazo de 15 (quince) días corridos para presentar un informe sobre el cumplimiento de la medida, la constitución del Comité de Emergencia Ambiental y las acciones efectuadas a tal fin. También los requiere para que en un plazo de 30 (treinta) días corridos, cada uno de ellos, acompañe copias de todas las acciones realizadas con anterioridad.

Asimismo, solicita a la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, a la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos y a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, informar sobre la existencia de causas judiciales relacionadas con el objeto de este Amparo, las medidas adoptadas y el estado de esos procesos.

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En suma, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, entiende que cuenta con suficiente evidencia de una afectación severa a un recurso ambiental-ecológico interjurisdiccional, con efectiva degradación del ambiente del Delta del Río Paraná. Este Daño Ambiental compromete el funcionamiento y sustentabilidad del humedal y su conservación es prioritaria en interés de las generaciones presentes y también en defensa de las generaciones futuras. Y como consecuencia de estos incendios, existe una grave afectación en la calidad del aire, a la salud y calidad de vida de la Población.

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