Histórico fallo en Entre Ríos: la Justicia ordenó frenar desmontes ilegales en el bosque nativo del Espinal

JUSTICIA AMBIENTAL03/06/2025La Política AmbientalLa Política Ambiental
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Una jueza de Paraná hizo lugar a un amparo ambiental impulsado por Fundación CAUCE y sentó un precedente clave en la defensa del bosque nativo entrerriano. Se ordenó el cese inmediato de los desmontes ilegales y se reconoció la responsabilidad de personas y empresas implicadas.

En un fallo que marca un antes y un después en la jurisprudencia ambiental de Entre Ríos, la jueza de Paz Nº 1 de Paraná, María Virginia Giachello, resolvió hacer lugar parcialmente a un amparo ambiental presentado por la Fundación CAUCE: Cultura Ambiental – Causa Ecologista, y ordenó el cese inmediato de desmontes ilegales en zonas protegidas del bosque nativo del Espinal entrerriano.

La acción judicial, interpuesta el 18 de marzo por Valeria Enderle, directora ejecutiva de Fundación CAUCE, apuntaba al Gobierno de Entre Ríos y a un grupo de particulares y empresas, entre ellas Salentein Argentina B.V., SYS S.A., El Choli y Jorge Rodríguez, por haber intervenido sin autorización en tres lotes clasificados como zonas rojas y amarillas según el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN).

Estas categorías, establecidas en la Ley de Bosques Nativos (Ley 26.331) y en la Ley Provincial 10.284, prohíben todo tipo de desmonte, salvo excepciones con autorización previa, la cual no existía en este caso.

Entre las pruebas que respaldaron la decisión judicial se destacan:

Mediciones topográficas que revelaron la apertura de franjas de 50 a 60 metros en el monte, disfrazadas como supuestos cortafuegos.
Un informe de la Universidad Autónoma de Entre Ríos (UADER) que confirmó el inicio de los desmontes en junio de 2024, mientras Salentein aún figuraba como titular dominial del predio.
La desestimación de un peritaje aportado por la defensa, por su falta de rigor técnico, tal como lo expuso la Fundación.
La constatación de al menos 125 hectáreas desmontadas de forma ilegal, lo que llevó a la jueza a aplicar el principio preventivo, con el objetivo de evitar daños mayores.
El fallo no sólo ordena frenar de forma inmediata los desmontes, sino que exhorta al Estado provincial a actuar con celeridad, dándole un plazo de 60 días hábiles para resolver el expediente administrativo N° 3.010.683 iniciado por los responsables del desmonte, e informar sobre los avances judiciales en curso.

Desde Fundación CAUCE celebraron la decisión como un hito jurídico y ambiental:

“Es un precedente fundamental para la aplicación efectiva de la Ley de Bosques y los principios constitucionales de prevención, responsabilidad y no regresión”, expresaron.
Además, anunciaron que continuarán trabajando para lograr la recomposición ambiental integral del ecosistema afectado, visibilizando la importancia de una justicia que actúe ante los crímenes ecológicos y defienda los bienes comunes.

Este fallo llega en un contexto donde los desmontes ilegales siguen siendo una de las principales causas de pérdida de biodiversidad en Argentina, y refuerza la necesidad de contar con una justicia ambiental activa, autónoma y basada en la evidencia científica.

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