
Justicia entrerriana: fallos históricos sobre la arena de río y el negocio millonario detrás de Vaca Muerta
ACTUALIDAD25/08/2025

La Justicia de Entre Ríos dio dos golpes claves al negocio de la arena silícea, un recurso natural que se volvió estratégico para la explotación de hidrocarburos en Vaca Muerta. En menos de un mes, se conocieron dos resoluciones judiciales que marcan un precedente en materia de transparencia ambiental y control sobre la extracción de bienes naturales.
El derecho a saber: el Gobierno deberá informar sobre la arena extraída
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) confirmó una sentencia que obliga al Gobierno provincial a informar sobre el destino de la arena de río y de canteras, en el marco de un amparo ambiental impulsado por la Fundación CAUCE.
El fallo rechazó la apelación del Ejecutivo provincial y ordenó que, en un plazo de 10 días hábiles, se brinde información clara y completa sobre el volumen extraído, los destinos, los controles estatales y los ingresos fiscales generados por esta actividad.
El Tribunal destacó que la información ambiental es un derecho humano garantizado por el Acuerdo de Escazú, la Ley Nacional 25.831 y la legislación provincial. Además, dejó en claro que el argumento oficial de que los datos serían “reservados” resulta inválido: si hubiera información sensible, el Estado debe aplicar mecanismos que permitan el acceso público sin violar derechos.
“La ciudadanía tiene derecho a saber cómo se gestionan sus bienes naturales”, subrayó la vocal Susana Medina, quien remarcó que el Gobierno nunca entregó datos concretos sobre el destino de la arena.
Cristamine y el segundo revés judicial
En paralelo, la empresa Cristamine S.A., uno de los principales proveedores de arena silícea para Vaca Muerta, sufrió su segundo freno judicial en menos de un año.
El 7 de agosto, la Cámara Segunda, Sala II de Paraná ordenó suspender de manera inmediata la extracción en Aldea Brasilera (parcela 24.856), hasta tanto la compañía presente un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) aprobado por la autoridad de aplicación.
La resolución, firmada por el juez Edgardo Martín Cossy, también obliga a la empresa a publicar previamente las inspecciones y conclusiones técnicas, y fija como fecha límite el 25 de noviembre de 2025 para que la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos presente su propio informe.
Este fallo se suma al cierre, meses atrás, de la planta lavadora de Cristamine en Ibicuy, en un contexto donde la arena silícea llegó a cotizarse hasta 1.000 dólares por tonelada por su demanda en el fracking neuquino.
Un recurso natural bajo la lupa
La arena entrerriana es clave en la cadena de producción de hidrocarburos no convencionales, pero su explotación viene siendo cuestionada por los impactos ambientales: alteración de cauces de ríos, afectación a humedales y falta de controles efectivos.
Estos fallos no solo marcan un límite al avance extractivo sin estudios previos, sino que también refuerzan la idea de que la gestión de los recursos naturales debe hacerse con transparencia, información pública y participación ciudadana.
En tiempos donde los conflictos socioambientales se multiplican en Argentina, lo que ocurre en Entre Ríos con la arena de río podría sentar un precedente para otras actividades extractivas, desde el litio en el norte hasta la pesca y forestación en el litoral.


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